Noviembre será un mes de definiciones en lo que respecta a las empleadas domésticas, ya que se liquidará el último tramo de aumentos al tiempo que se prepararán para arreglar lo que resta de la paritaria 2022-2023.
En la Comisión Nacional del Trabajo de Casas Particulares se acordó un aumento del 36 por ciento en cuatro cuotas del 9 por ciento. Hasta el momento, se abonaron agosto y septiembre, quedando pendiente octubre (se cobra en noviembre) y noviembre (pagadero en diciembre).
Antes de la reunión de la Comisión Nacional del Trabajo de Casas Particulares, deberá convocarse al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil, encuentro previsto para los primeros días de noviembre, tal como quedó establecido entre la cartera laboral -que dirige Claudio Moroni- con las cámaras empresarias y las centrales obreras (CGT y las dos CTA).
Una vez establecido el salario mínimo, el ministerio de Trabajo convocará a los gremios del personal de casas particulares y a los representantes de los empleadores para definir el último tramo de la paritaria 2022-2023. Con el aumento conformado, en noviembre la categoría más baja cobrará, con retiro: $493 (la hora) $60.534,80 (mensual) y sin retiro $531 (la hora) y $67.324,08 (mensual).
Empleada doméstica: cuánta plata recibirán en noviembre
Los salarios a cobrar en noviembre, correspondiente a la tarea en octubre, serán:
Supervisor/a:
- Personal con retiro: $ 555,63 por hora y $ 69.357,88 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 608,33 por hora y $ 77.256,64 mensuales.
Personal para tareas específicas:
- Personal con retiro: $ 525,78 por hora y $ 64.437,26 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 576,58 por hora y $ 71.729,60 mensuales.
Caseros:
- Hora: $ 495,94 y $ 62.868,81 mensuales.
Asistencia y cuidado de personas:
- Personal con retiro: $ 495,94 por hora y $ 62.868,81 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 555,63 por hora y $ 70.060,82 mensuales.
Personal para tareas generales:
- Personal con retiro: $ 460,38 por hora y $ 56.537,23 mensuales.
- Personal sin retiro: $ $ 495,94 por hora y $ 62.868,81 mensuales.
Según el convenio colectivo, el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará comprendida en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad
Se debe aplicar el equivalente al 30% sobre los salarios mínimos fijados para cada una de las categorías, respecto del personal que preste tareas en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Qué tareas realiza cada categoría
Supervisora
Es el personal encargado llevar a cabo la coordinación y el control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Por ejemplo, un supervisor que controla las tareas de limpieza de un grupo de empleados.
Personal para tareas específicas
Esta categoría incluye principalmente a los cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, como así también toda otra tarea doméstica que requiera habilidades especiales del personal para poder llevarla a cabo.
Caseros
Hace referencia al personal que presta tareas relacionadas con cuidado general y la preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Es la única categoría que se presume sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas
Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Esta categoría es la que determina cuál es el sueldo de una niñera o de cuidadores domiciliarios (por ejemplo, una persona que cuida adultos mayores).
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