Tampoco podrán recibirlo jubilados o pensionados, ni trabajadores en relación de dependencia registrados ni pequeños contribuyentes, detallaron las fuentes.
En caso de ser convertirse en ley, la prestación del "refuerzo de ingresos" será actualizada de manera trimestral y tendrá un monto igual al valor de la Canasta Básica Alimentaria de un adulto, que podrá recibir hasta un beneficio.
Urgencia
"Somos conscientes de que, mientras abordamos la agenda de temas de mediano y largo plazo, una parte de la población requiere de medidas urgentes que no pueden esperar a resolver los indicadores macroeconómicos", planteó Di Tullio en los fundamentos del proyecto.
Y en el mismo sentido, amplió: "El objetivo de esta política transitoria es reducir drásticamente la indigencia, entendiendo que junto con la AUH podrán asegurar que todas las personas tengan cubierta la Canasta Básica Alimentaria".
El beneficio deberá ser solicitado a la Anses, que será la autoridad de aplicación y lo otorgará por el período de un año, en el transcurso del cual tendrá competencia para realizar de manera permanente el control de derecho y, por ende, verificar que la persona solicitante mantiene los requisitos exigidos por la ley.
Vencido el plazo de un año, la prestación podrá ser solicitada nuevamente. El refuerzo de ingresos será intransferible e inembargable y "será absolutamente nulo todo acto privado que implique privar o restringir el derecho a la prestación", según establece el articulado del proyecto.
Las personas que accedan al beneficio pasarán a estar inscriptas en el Registro Nacional del Refuerzo de Ingreso que será creado por la ley.
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