Las autoridades electorales señalaron que las personas contagiadas de coronavirus o quienes sean casos sospechosos no estarán obligados a votar.
NO FUI A VOTAR: CUÁLES SON LAS CONSECUENCIAS
El voto es obligatorio para todas las personas de 18 años de edad o más. Quienes se hayan ausentado, además de la multa, quedarán imposibilitados de cumplir con ciertos derechos civiles.
Hay algunas excepciones, en donde los ciudadanos están legalmente exceptuados de votar:
- Si uno está a más de 500 kilómetros del lugar de votación con un motivo razonable. En este caso, deberá acercarse a una comisaría para tramitar el certificado de no voto, el cual deberá ser cargado en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
- Jueces y auxiliares que deban mantener abiertas sus oficinas durante la fecha.
- Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor. Las mismas deberán ser comprobadas por médicos del servicio de sanidad nacional o, en su defecto, médicos oficiales, provinciales, municipales, o médicos particulares.
- Personal de empresas y organismos de servicios públicos que, por el cumplimiento de sus tareas, no puedan acudir a los comicios.
ELECCIONES 2021: QUÉ PASA SI TENGO COVID
Las autoridades electorales señalaron que las personas contagiadas de coronavirus o quienes sean casos sospechosos no estarán obligados a votar.
El comunicado oficial de la CNE indicó: "En caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo".
En caso de querer votar igual, cada distrito se hará cargo de los mecanismos para facilitar el voto: "El juez federal electoral determinará el procedimiento de emisión de voto para aquellas personas que, eventualmente y pese a estar comprendidas en lo previsto en el párrafo anterior, exijan ejercer su derecho al sufragio. El procedimiento deberá garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas para prevenir el contagio y preservar la salud de las demás personas".
NO PUEDO IR A VOTAR: CÓMO AVISO
Quienes se hayan ausentado tendrán un lapso de 60 días para cargar la documentación que justifique la ausencia. De no hacerlo, la persona quedará registrada como infractor y deberá abonar una multa de $ 100 en las elecciones generales.
La ausencia puede justificarse de manera online a través de la página de infractores, en la que cualquier persona puede consultar su estado como infractor o no:
- Ingresar a la página infractores.padron.gob.ar
- Completar los datos con número de documento, sexo y distrito e ingresar el código de verificación. Luego, clickear en el botón "Consultar".
"Se impondrá multa de $ 50 a $ 500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección", indica el Código Electoral Nacional, en el apartado de "faltas electorales".
Quienes no se presenten en su mesa de votación este domingo para participar de las elecciones legislativas 2021, deberán justificar su ausencia. En caso de no poder hacerlo, deberán pagar una multa de 100 pesos en las elecciones generales. Para las PASO la multa era de 50 pesos.
CÓMO Y DÓNDE SE PUEDE PAGAR LA MULTALa multa por no votar se puede abonar a través del Banco de la Nación Argentina. El trámite puede realizarse personalmente o por medios electrónicos como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, pago en efectivo o cuenta virtual.
La información se actualiza en la web dos días hábiles después de saldada la deuda. El monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.
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