Directorio mediante, la obra social del Estado, había dispuesto una cobertura general del 40% en medicamentos y 70% para algunas patologías, esta medida iba a regir desde este mes, lo cual no será así. Al menos por ahora.
La medida tuvo que ser prorrogada para que, esta medida pueda ser reglamentada correctamente, con el fin de que no se generen confusiones y evitar malas interpretaciones de las farmacias, que son las que deben aplicar dichas normativas.
En pleno reordenamiento asistencial de la OSEF, el directorio, había establecido en marzo que a partir de abril se aplicaría un nuevo plan de cobertura a medicamentos. Que iban desde el 100%, un 70% o, en su defecto, de un 40%.
La medida entrara en vigencia a partir del 1°de mayo. Dicha resolución, fija los porcentajes de cobertura para determinadas patologías como así también que el resto de los medicamentos o productos farmacéuticos tendrán cobertura general del 40% tal cual lo establece la normativa nacional. Además, impone que los de venta libre, no tendrán cobertura alguna por parte de la obra social. Asimismo, la resolución disponía que en caso de omisión o duda respecto del tipo de cobertura corresponderá aplicar al medicamento o producto farmacéutico, se utilizará como norma de interpretación e integración el formulario terapéutico Nacional del Ministerio de Salud de la Nación y demás normativa nacional aplicable al caso.
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