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Gremiales

El SEJUP y la Unión de Gremios preparan denuncia penal contra Bahntje

 

Luego de la sanción de la ley de emergencia del IPAUSS, Nro. 1068, en enero de 2016, por la cual se creó el fondo solidario, con aportes de activos y pasivos, a comienzo de julio del mismo año la gobernadora Rosana Bertone había anunciado a los dirigentes sindicales de la Mesa Técnica la decisión de exceptuar a trabajadores activos y jubilados de la retención en los aguinaldos.

 

“He dado instrucciones precisas al Ministro de Economía para que no se haga el descuento de aporte extraordinario al aguinaldo de los activos y de los pasivos”, sostuvo por entonces la mandataria, pero luego se verificó que dicha excepción se había extendido a funcionarios y magistrados, que no estaban comprendidos.

 

En función de esta situación, ayer el secretario adjunto de SEJUP, Marcelo Kubas, dio a conocer la decisión de denunciar penalmente al presidente de la caja de previsión Rubén Bahntje, mientras se analiza si cabe responsabilidad a los encargados de Haberes que debieron hacer las retenciones.

 

Kubas mencionó que, en el decreto reglamentario de la ley 1068 se eximió el descuento del fondo solidario del aguinaldo para los empleados y jubilados únicamente, “pero vimos que no hicieron el descuento a los funcionarios del estado, que no estaban abarcados y tendrían que haber pagado”, dijo por Radio Nacional Ushuaia.

 

El dirigente dio cuenta de los pasos previos a la denuncia penal que prevén radicar esta semana: “Hicimos una presentación en el Tribunal de Cuentas y una en la Fiscalía de Estado. El fiscal Martínez de Sucre dice que le consultó a Bahntje, y Bahntje dice que no podían interpretar bien el decreto porque había una serie de incongruencias y por eso no descontaron, pero que ahora iban a empezar a descontar”, afirmó.

 

“Yo tengo entendido que están intimando a que paguen los funcionarios que no pagaron, y Martínez de Sucre dice que, como ya empezaron a cumplir, no hay nada que seguir investigando”, sostuvo, con la aclaración de que no comparte ese criterio, porque “el incumplimiento se consumó”. Según el dictamen del Fiscal, del que fue notificado el pasado jueves, “por la contestación de Bahntje hubo un error de interpretación del decreto y no se había descontado pero ya se estaba cumpliendo”, reiteró.

 

Aun con diferente visión del órgano de control, consideró que “esto demuestra el incumplimiento de los deberes de funcionario público de quien debía cuidar los fondos del IPAUSS y los aportes del fondo solidario. Este fondo solidario, que no tiene ningún sustento, se lo siguen descontando a los activos y a los jubilados, pero graciosamente no lo descontaron a los funcionarios”, manifestó.

 

Estima que la denuncia se radicará “en el transcurso de la semana, porque la analiza nuestro abogado y se evalúa junto con la Unión de Gremios realizar esta denuncia”, dijo.

 

Recordó que “desde que está en vigencia la ley hubo tres aguinaldos, los dos de 2016 y el de 2017 y nunca se hizo el descuento. Si hubo descuento retroactivo no sabemos”, observó para el caso de los funcionarios que debieron aportar. Tampoco se sabe “si los fondos ingresaron ala caja y nuestros directores están averiguando la situación, porque presentaron una nota advirtiendo a Bahntje de esto. Tenemos que conocer la contestación de Bahntje al Fiscal de Estado, a la que no tuvimos acceso todavía, pero creemos que está demostrado el incumplimiento”, reiteró.

 

Se le preguntó si este presunto incumplimiento involucra otras áreas de gobierno, y señaló que “algunos piensan que es responsabilidad de Bahntje y otros que también les comprende a los responsables de la liquidación de haberes”.

 

Además, se mostró convencido de que, de no haber recurrido a los organismos de control, “el presidente Bahntje no estaría intimando al pago de lo que no se descontó, porque pasaron tres aguinaldos y nunca les descontaron. Si no hubiésemos hecho las denuncias, no hubiera pasado absolutamente nada”, remarcó.

 

Aseguró que los directores por nota pidieron que se aplicaran los descuentos, por lo que quedarían eximidos de responsabilidad, y agregó que dentro de la omisión de retención queda comprendida la justicia: “La denuncia en realidad debería ser contra todos aquellos que no hicieron el descuento, porque según el Fiscal de Estado el decreto era claro: únicamente estaban exceptuados del pago del aporte solidario los empleados y jubilados, no los funcionarios, y que ahora se exija ese pago, no remedia el incumplimiento, que ya se produjo. Es bueno iniciar una acción para saber si hicieron los descuentos en la justicia, porque la ley de emergencia era para los tres poderes del Estado y el Superior Tribunal, que con la acordada 2/2016 adhirió”, apuntó Kubas.

 

“Los que hacen la liquidación de haberes tienen que tener conocimiento de cómo se liquida, y no nos cabe duda de que hubo alguna maniobra. Si nosotros no denunciábamos, seguían adelante”, sentenció.

 

Obligados a pagar

Por el artículo 5° de la ley 1068, “durante el plazo de la emergencia, los funcionarios que ocupen la titularidad de los tres poderes del Estado, incluidos los magistrados judiciales, abonarán un aporte adicional extraordinario equivalente al máximo establecido en el Anexo II del artículo 9º de la presente”, señala la ley, y deja claro que “el mismo aporte se aplicará a los Ministros, Secretarios de Estado, Secretarios y todo aquel que ocupe cargos de la planta política en la Administración Central, Organismos Autárquicos y Descentralizados, el Poder Legislativo, y los organismos de control del Estado provincial, Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, Departamentos Ejecutivos, Concejos Deliberantes, Juzgados de Faltas y Órganos de Control de los Municipios de la Provincia”, lo que implica una suma significativa que dejó de percibir el IPAUSS, teniendo en cuenta que se trata del porcentaje más alto de retenciones.

 

El Poder Judicial, por la acordada 2/2016 del 20 de enero de 2016, a pocos días de la promulgación de la ley 1068, determinó “formalizar la adhesión” y “prestar conformidad personal al aporte extraordinario establecido en el artículo 5, párrafo primero, de la ley y autorizar el descuento de 4.50% de su remuneración bruta”.

 

También se invita a los magistrados y funcionarios de los ministerios públicos a “manifestar su aceptación expresa para la deducción del aporte extraordinario del 4.50% de su remuneración bruta, a tenor del citado artículo 5”.

 

En otro párrafo se instruye “a la Prosecretaría de Administración a efectos de la instrumentación pertinente para el depósito de los aportes al Fondo Solidario en la cuenta que al efecto se autorice, debiendo informar bimestralmente a la Presidencia del Cuerpo el monto girado por parte del Poder Judicial de la Provincia”.

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