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Judiciales

La Justicia dice que calumniar e injuriar en redes sociales es punible

 

El fallo fijó un precedente para los casos de agravios entre particulares en las redes sociales, que hasta el momento no eran tipificados como un delito y estaban exentos de castigo penal y económico.

 

La causa judicial se habí­a iniciado el 3 de Mayo del año pasado con la presentación de una querella por parte de Marcelo Frydlewskym, quien se sintió \"agraviado\" a raí­z de una serie de tuits publicados por Mónica Lang.

 

El delito por calumnias e injurias está tipificado en los artí­culo 109 y 110 del Código Penal, pero nunca habí­a sido aplicado en la Argentina para agravios vertidos en las redes sociales.

 

Frydlewsky, realizó la presentación de la acción penal a través de su abogado Jorge Monastersky, quien explicó el caso a la agencia Télam y dijo que \"de ahora en más los tuits con agravios no serán gratuitos\".

 

En noviembre pasado, según dijo, se celebró la audiencia de conciliación prevista para este tipo de delitos y en la oportunidad la querella solicitó a Lang que se retracte a través de la publicación por tres dí­as en dos diarios de circulación nacional.

 

 

El querellante también exigió el pago de una suma importante de dinero y aseguró que lo donarí­a a una entidad de bien público.

Long, según el fallo emitido el 6 de febrero pasado y conocido en las últimas horas, \"contestó que no tení­a los medios para afrontar dicha suma\" y a partir de esa situación la querella solicitó al juez del tribunal 22 de la Capital Federal, íngel Gabriel Nardiello, que la mujer realice 150 horas de tareas comunitarias en una entidad de bien público.

 

Durante la audiencia \"se hizo alusión que hay que tomar conciencia de que acusar falsamente a una persona de la comisión de un delito en las redes sociales, en este caso Twitter, es un hecho grave que causa un gran daño en lo personal y profesional a una persona y que la justicia no puede permitir que estos hechos sigan sucediendo y que no tengan consecuencias\", señaló el abogado.

 

En su sentencia, Nardiello sobreseyó a la imputada de un castigo económico, pero le impuso 150 horas de tareas comunitarias en el Centro Caritas más cercano a su domicilio y le exigió publicar la parte resolutiva de la sentencia durante tres dí­as seguidos en los diarios Clarí­n y Nación, uno de ellos el dí­a domingo.

 

Para Monastersky, el fallo fijó \"un antes y un después en la jurisprudencia de Argentina, lo que deja claro que si acusas a una persona escondiéndote en las redes sociales no es más gratis, tendrás que pagar y/o en su defecto trabajar para mí­nimamente reparar el daño ocasionado\".

 

En este caso la justicia imputó a Lang haber lesionado el honor de Frydlewsky, \"a raí­z de los comentarios publicados en la red social \"Twitter\" el 22 de febrero de 2017 bajo la cuenta EVAargentina20\".

 

Según un relevamiento realizado por la ONG Defendamos la Argentina, cada mes se inician en el paí­s un número estimado de 180 causas penales originadas en el intercambio de información, datos filiatorios, fotografí­as y videos a través de Facebook y otras redes sociales.

 

La entidad precisó que cada dí­a se producen al menos seis ataques en Facebook en el ámbito de la Argentina, con delitos que terminan en la justicia criminal o correccional o en la justicia civil y comercial por denuncias civiles y/o penales que llevan adelante los afectados, lo que totaliza más de 180 casos al mes.

 

\"Las redes sociales permiten todo tipo de abusos que en algunos casos constituyen graves delitos como la pedofilia (abuso sexual de menores), la captación de personas para la prostitución (reducción a servidumbre, trata de personas, corrupción de menores, entre otros), la difamación (injurias y calumnias), el ciberbullying (acoso, amenazas y/u hostigamiento)\", según el titular de la ONG, el abogado Javier Miglino.

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