Procesaron al conductor que atropelló al ciclista Leandro Orozco en septiembre por “lesiones graves por conducción negligente irreglamentaria de un vehículo automotor”. El juez a cargo de la instrucción, Daniel Césari Hernández, explicó la resolución en FM Fuego.
“Se trata de una sugestión reglamentaria que debe regir en zona urbana. Alguien que no tuvo la prudencia que la ley le exige al momento de conducir”, explicó el magistrado que aclaró que el conductor violó las velocidades máximas reglamentarias en zona urbana, que son de 40km/h, y 30km/h en los cruces.
“La ley supone que para que alguien pueda manejar dentro de los niveles de prudencia, tratándose de una actividad peligrosa, se realice Con la menor posibilidad de generar daños a terceros. El deber de los ciudadanos de no lesionar bienes de otras personas”, recordó.
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