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Certificado Único de Discapacidad: rige la entrega sin plazo de vencimiento, ¿Cuáles son los requisitos para tramitarlo?

A través de la Resolución 322 el ente conducido por Fernando Galarraga activará al próximo miércoles 15 de marzo el primero de los tres tramos previstos a ejecutarse durante 2023 y con impacto tanto en la versión digital como papel del documento.

"Establézcase que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan, de conformidad con los lineamientos y condiciones emanados del Anexo IF-2023-23099644-APN-DNPYRS#AND que forma parte integrante de la presente", señala el artículo 1° de la normativa oficial.

En paralelo, ANDIS anticipó además una "implementación progresiva y gradual" a fin de "garantizar la continuidad ininterrumpida de las tramitaciones".

"Instrúyase a la Dirección Nacional de Políticas y Regulación de Servicios de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para que por su intermedio se arbitren, adopten y articulen todas aquellas medidas, acciones, actualizaciones normativas, dispositivos y herramientas que resulten necesarios para lograr una efectiva implementación progresiva de los lineamientos determinados en el Anexo que integra la presente, cuestión que deberá encontrarse íntegramente efectivizada al 1° de octubre de 2023", puntualizó el artículo 4°.
Certificado Único de Discapacidad: cuándo empieza su entrega sin fecha de vencimiento

En el anexo integrado este lunes en la edición del Boletín Oficial, la ANDIS plantea una estructura de ejecución por etapas del CUD, según el siguiente esquema de exposición:

  • Etapa 1: al 15 de marzo de 2023 todos los nuevos CUD que se emitan y/o que se impriman tanto en su versión física (Resolución N° 512/18), como en su versión digital (Resolución N° 2189/2021), no tendrán fecha de vencimiento, e incorporará el período en el que deba efectivizarse la instancia de actualización respectiva;
  • Etapa 2: al 1° de junio de 2023 todos los nuevos CUD que se emitan y/o que se impriman se efectivizarán bajo el formato y modalidad que determine la ANDIS, suprimiéndose el uso de papel moneda por parte de las JEI,
  • Etapa 3: al 1° de octubre de 2023 se efectivizará y ejecutará de forma integral la nueva dinámica de vinculación, certificación, y acompañamiento de las personas con discapacidad.

Cómo sacar el Certificado de Discapacidad

El CUD es un documento público válido en todo el país que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22431 y 24901.

Su evaluación se realiza por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde la emisión. Su tramitación es voluntaria y gratuita.

Qué documentos se necesitan para sacar el Certificado Único de Discapacidad

La persona interesada en obtener el CUD deberá reunir la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente y/o cualquier otro documento que acredite identidad. Para el inicio del trámite de certificación resultará también válido el Certificado de Pre-identificación expedido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER);
  • Completar la planilla de solicitud de Certificado Único de Discapacidad (CUD) a través de la modalidad y formato que determine la ANDIS a tal efecto;
  • Certificado médico con firma y sello, con vigencia no mayor a 1 año, expedido por médico tratante, que contemple diagnóstico, estado actual, y resumen que detalle la condición de salud. Además, en los casos que corresponda, se deben establecer las secuelas y alternativas de tratamiento;
  • En el caso de que se trate de una persona menor de 16 años de edad:

    a) Partida de nacimiento, en caso de corresponder;

    b) DNI de la/s o el/los progenitores, o DNI vigente de la/s o el/los guardador/es, tutora/es, o persona/s a las que se haya delegado la responsabilidad parental y el testimonio de la sentencia que acredite tal carácter.

Qué beneficios tengo con el Certificado Único de discapacidad

En la actualidad, la obtención del CUD permite acceder a los siguientes derechos, servicios y prestaciones, sin perjuicio de los que en un futuro puedan incorporarse:

  • Prestaciones: cobertura del 100% en las prestaciones (tratamientos, equipamiento, insumos, medicamentos, prestaciones de apoyo, dispositivos de inclusión socio-comunitaria, entre otras) que el o la titular requiera en relación con lo que fue certificado como discapacidad;
  • Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre;
  • Asignaciones económicas derivadas del CUD;
  • Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros),
  • Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos por cada jurisdicción, independientemente del vehículo en el que el o la titular del CUD se traslade.

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