"Establézcase que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan, de conformidad con los lineamientos y condiciones emanados del Anexo IF-2023-23099644-APN-DNPYRS#AND que forma parte integrante de la presente", señala el artículo 1° de la normativa oficial.
En paralelo, ANDIS anticipó además una "implementación progresiva y gradual" a fin de "garantizar la continuidad ininterrumpida de las tramitaciones".
"Instrúyase a la Dirección Nacional de Políticas y Regulación de Servicios de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para que por su intermedio se arbitren, adopten y articulen todas aquellas medidas, acciones, actualizaciones normativas, dispositivos y herramientas que resulten necesarios para lograr una efectiva implementación progresiva de los lineamientos determinados en el Anexo que integra la presente, cuestión que deberá encontrarse íntegramente efectivizada al 1° de octubre de 2023", puntualizó el artículo 4°.
En el anexo integrado este lunes en la edición del Boletín Oficial, la ANDIS plantea una estructura de ejecución por etapas del CUD, según el siguiente esquema de exposición:
- Etapa 1: al 15 de marzo de 2023 todos los nuevos CUD que se emitan y/o que se impriman tanto en su versión física (Resolución N° 512/18), como en su versión digital (Resolución N° 2189/2021), no tendrán fecha de vencimiento, e incorporará el período en el que deba efectivizarse la instancia de actualización respectiva;
- Etapa 2: al 1° de junio de 2023 todos los nuevos CUD que se emitan y/o que se impriman se efectivizarán bajo el formato y modalidad que determine la ANDIS, suprimiéndose el uso de papel moneda por parte de las JEI,
- Etapa 3: al 1° de octubre de 2023 se efectivizará y ejecutará de forma integral la nueva dinámica de vinculación, certificación, y acompañamiento de las personas con discapacidad.
Cómo sacar el Certificado de Discapacidad
El CUD es un documento público válido en todo el país que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22431 y 24901.
Su evaluación se realiza por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde la emisión. Su tramitación es voluntaria y gratuita.
Qué documentos se necesitan para sacar el Certificado Único de Discapacidad
La persona interesada en obtener el CUD deberá reunir la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente y/o cualquier otro documento que acredite identidad. Para el inicio del trámite de certificación resultará también válido el Certificado de Pre-identificación expedido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER);
- Completar la planilla de solicitud de Certificado Único de Discapacidad (CUD) a través de la modalidad y formato que determine la ANDIS a tal efecto;
- Certificado médico con firma y sello, con vigencia no mayor a 1 año, expedido por médico tratante, que contemple diagnóstico, estado actual, y resumen que detalle la condición de salud. Además, en los casos que corresponda, se deben establecer las secuelas y alternativas de tratamiento;
- En el caso de que se trate de una persona menor de 16 años de edad:
a) Partida de nacimiento, en caso de corresponder;
b) DNI de la/s o el/los progenitores, o DNI vigente de la/s o el/los guardador/es, tutora/es, o persona/s a las que se haya delegado la responsabilidad parental y el testimonio de la sentencia que acredite tal carácter.
Qué beneficios tengo con el Certificado Único de discapacidad
En la actualidad, la obtención del CUD permite acceder a los siguientes derechos, servicios y prestaciones, sin perjuicio de los que en un futuro puedan incorporarse:
- Prestaciones: cobertura del 100% en las prestaciones (tratamientos, equipamiento, insumos, medicamentos, prestaciones de apoyo, dispositivos de inclusión socio-comunitaria, entre otras) que el o la titular requiera en relación con lo que fue certificado como discapacidad;
- Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre;
- Asignaciones económicas derivadas del CUD;
- Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros),
- Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos por cada jurisdicción, independientemente del vehículo en el que el o la titular del CUD se traslade.
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