Un matrimonio de Río Cuarto demandó al banco que le otorgó un crédito hipotecario UVA por 2,4 millones hace cuatro años porque la deuda actual, tras la cancelación de 44 cuotas de 360, supera los nueve millones de pesos, con lo que le exigió readecuar el contrato y el monto adeudado.
La demanda presentada por los abogados Enrique Novo, Lucas Mongi y Ezequiel Blencio Falco en el Juzgado Federal de Carlos Ochoa alcanza no sólo al banco sino también al Banco Central (BCRA).
CRÉDITO HIPOTECARIO UVA: EL CASO RÍO CUARTO
La pareja próxima a la jubilación acordó recibir el préstamo con garantía hipotecaria por 2,4 millones de pesos en abril del 2018. Abonaron la primera cuota de 13.917 pesos, el 28,2 ciento de su salario de entonces (49.365 pesos).
En ese año, el tipo de crédito se encontraba promocionado por los bancos otorgantes y por el propio presidente del BCRA, Federico Sturzenegger, y “se publicitaba con amplias ventajas y beneficios, atados desde ya a las expectativas inflacionarias y a las simulaciones de progresión de cuotas hechas por los bancos privados. No se cumplieron ni una ni otras”, indicaron los demandantes.
“El Banco Central, generador de esta transacción, también hacía lo suyo, no solo porque fue el ente que creó irregularmente la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), sino también porque luego hizo propias las Unidades de Vivienda (UVI) haciendo publicidad al respecto y fue progresivamente dando a entender que los índices de actualización que nutrirían (y nutren) a esta clase de operación financiera aumentarían solo acotada y moderadamente”, añadieron.
Y citaron el informe de política monetaria de enero de 2018: “Considerando el ritmo de la desinflación y el conjunto de condiciones iniciales, el BCRA irá adecuando cautelosamente el sesgo contractivo de su política monetaria para alcanzar sus metas intermedias del 15% de inflación en 2018, del 10% en 2019 y su objetivo del 5% en 2020″.
INFLACIÓN, CUOTAS Y SALARIOS
Al respecto, aludieron al Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM), de diciembre de 2017 y enero de 2018, donde se “sugería una trayectoria desinflacionaria a lo largo de los años (si bien con variaciones ascendentes entre ellos)”.
“Desde ya, dichas promesas no se cumplieron”, afirmaron. En enero de este año, abonaron 48.880 pesos por la cuota 44 (de las 360 pactadas), lo que equivale al 30,1% de sus salarios netos (162.218 pesos).
“El pago mensual del crédito de referencia ya coptaba en dicha fecha el 30,1% de sus únicos ingresos, además de sus otros gastos de vida diaria y subsistencia, los que se ven afectados también por una inflación superior al 50% anual”, consideraron.
“De haber sabido esta situación al momento de contratar, con seguridad no lo hubiera hecho”, advirtieron y recordaron que no optaron por el diferimiento (durante el tramo más álgido de la pandemia) para los deudores hipotecarios UVA, sino que cancelaron las cuotas en tiempo y forma.
Hasta enero –cuando los abogados de los demandantes comenzaron a analizar el caso–, lo pagado al banco ascendía a poco más de 1,2 millones de pesos, superior al 51% de la suma nominal tomada en préstamo.
“Lo ilógico de todo esto es que (…) en enero de 2022 (…) adeudaban 9.457.190,70 de pesos, y en la actualidad ese saldo ascendería a un monto aproximado de 9.730.000 de pesos, según surge del informe de situación financiera del BCRA (de 28 de marzo). De todo ello surge un aumento exponencial del saldo deudor (…) en un corto lapso temporal”, señalaron los letrados.
“Puede advertirse muy bien que (…) han abonado (…) una importante suma, pero –y acá el abuso se apodera de la situación– aún le deben una suma que cuadriplica a la otorgada en préstamo hace unos escasos años. Y todo ello, sin haberse atrasado en ninguna cuota”, plantearon.
“Es decir, la perversidad en que ha caído la progresión del mutuo (préstamo) hace que, como lo demuestran los números de las constancias aportadas, los dicentes van a ir pagando cuotas cada vez más altas y, paralelamente, van a ir aumentando en demasía su saldo deudor por un largo tiempo aún. Una ilógica paradoja que el Poder Judicial tiene la obligación de hacer cesar, en tanto ni el Banco Central ni el Poder Legislativo de la Nación han puesto cordura ante tanto descalabro”, opinaron.
Advirtieron que lo “drástico del tema” es que como deudores “no pueden saber a ciencia cierta cuál será el monto final que en definitiva deban tener que culminar pagando. No hay un número hoy, ni es posible determinarlo hacia futuro”.
PEDIDO AL JUEZ
En la demanda, el matrimonio solicitó al juez que ordenara al banco la adecuación del contrato con base en la “teoría del esfuerzo compartido y a las diferencias entre los índices reales aplicados” para la “capitalización de los saldos deudores” con respecto a los que se debería haber aplicado si se hubieran cumplido las “expectativas” publicadas por el BCRA.
“Es decir que, conforme a dichos parámetros, se reliquiden los saldos de capital mensual estimados y los pagos de las cuotas canceladas hasta el momento en que se dicte y aplique la sentencia. Y que se impute lo abonado ‘de más’ al saldo de capital”, pidieron.
Y solicitaron, además, que se establezca ese saldo deudor reliquidado como deuda por abonar, más los intereses compensatorios prudentes y razonables hasta su cancelación total.
MEDIDA CAUTELAR
Finalmente, pidieron el otorgamiento de una medida cautelar para que el banco les cobre como cuota de amortización 34.674 pesos, y a partir de ese monto inicial, y durante todo el proceso, el valor se actualice según el coeficiente de variación salarial del Indec hasta que se resuelva el fondo de la cuestión y la sentencia quede firme.
La fiscal Alicia Cena deberá dictaminar la competencia federal (o no) para entender en la causa, que se descuenta que se concretará.
OTRAS DEMANDAS
Por su parte, los mismos abogados representan a otros dos tenedores de créditos UVA.
Uno de los demandantes se presentó en el juzgado de Ochoa y demandó a las entidades y al BCRA por los incrementos de las cuotas de dos préstamos, de 295 mil (obtenido en febrero de 2018) y de 245 mil (suscripto en junio de ese año).
En 2021, planteó que había abonado a los bancos una suma mayor que la que nominalmente le habían dado como préstamo y que les adeudaba aún el triple de los fondos prestados. En septiembre, el juez ordenó la cautelar y obligó a las entidades a retrotraer el valor de las cuotas.
Sobre fin de año, una mujer que había recibido (en enero de 2018) un préstamo hipotecario de 2,4 millones demandó al banco porque llevaba pagadas 43 cuotas (a agosto de 2021) por 733.092 pesos, pero aún adeudaba más de 10 millones.
La cuota de agosto último, de 48.544 pesos, le “absorbía” el 47,9% del sueldo. Aún el juez no resolvió sobre la adecuación del crédito y la reestructuración de la deuda.
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