Estará vigente para las transacciones mediante terminales de pago como por medio de códigos QR. Las entidades financieras deberán acreditar la suma en las cuentas de los consumidores finales a los cuatro días de concretada la operación, y el detalle deberá figurar en el resumen de cuenta físico o electrónico de los clientes.
Para ello, el organismo conducido por Carlos Castagneto creó un nuevo “Registro de carnicerías”. Los comercios que revistan la categoría de Responsable Inscripto o sean monotributistas con hasta tres empleados declarados, serán incorporados de manera automática. El resto de los contribuyentes deberá inscribirse a través del Sistema Registral del sitio web del organismo. Allí deberán seleccionar la opción “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales” y seleccionar la caracterización “Carnicerías Minoristas - Régimen de reintegro”.
Al mismo tiempo y como parte del programa integral de impulso a la producción y consumo de carne vacuna anunciado por el Gobierno, la norma otorga a los comercios inscriptos en el régimen tres meses de gracia para el pago del IVA o del componente impositivo del monotributo en los casos en que estén adheridos al régimen simplificado.
AFIP: ¿cuáles son los comercios inscriptos?
Los consumidores podrán acceder al listado de comercios inscriptos en el sitio web de la AFIP, así como el de las entidades financieras y fintech que se incorporen al régimen de reintegros. El objetivo de esta medida es estimular la formalización de la economía y el cumplimiento tributario.
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