Aportes por Tareas de Cuidado: a quiénes les corresponde
- Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
- Aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.
Aportes por Tareas de Cuidado: en qué consiste la medida
El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado le computará a las interesadas:
- 1 año de aportes por hija/o.
- 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.
Desde ANSES aseguraron también que esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con la moratoria vigente (Ley 24.476) y con el Plan de Pagos de Deuda Previsional.
Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado: cómo realizar el trámite
Corresponderá que revises si tus hijos se encuentran registrados en Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, ingresando a “Información Personal” > “Datos personales y familiares”.
Luego deberás solicitar un turno para “Asesoramiento por tareas de cuidado” en la web, para ser atendida en una oficina de ANSES.
Tendrás que presentar, sin falta:
- DNI de la madre.
- Partidas de nacimiento de tus hijas o hijos.
- Si tenés hijas e hijos con discapacidad, es necesario que lleves el Certificado de Discapacidad (CUD).
- Si tus hijas e hijos son adoptados, es necesario presentar la sentencia de adopción.
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