En la plataforma del servicio "Mi SSSalud", a la cual se accede desde el sitio web oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), quiénes sean titulares de un plan de medicina prepaga y que posean ingresos netos menores a 6 salarios mínimos, vitales y móviles, pueden solicitar el tope de aumento de cuota.
Este tope aplica hasta un 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado, durante un plazo de 18 meses seguidos.
El beneficio lo aprobó la Superintendencia de Servicios de Salud, el organismo encargado de regular y supervisar los servicios sanitarios, fijó a través de la Resolución 02/2023 la aplicación del Decreto N° 743/2022. Este es el decreto establece los topes que pueden solicitar los beneficiarios de las prepagas.
Tope de aumento de cuota: de qué se trata y cómo se accede al beneficio
Desde la plataforma del servicio "Mi SSSalud", a la cual se accede desde el sitio web oficial de la AFIP, es que se tiene que presentar la Declaración Jurada de Certificación de Ingresos. Este trámite se tiene que hacer desde el día 1 al 20 de cada mes, requiriendo sin excepción una clave fiscal con nivel de seguridad 3 cómo mínimo.
A partir de la presentación de este documento, las empresas de medicina prepaga pueden aplicar el tope en el incremento de la cuota a quienes tengan ingresos inferiores a 6 salarios mínimos. La declaración jurada sirve a modo de solicitud del beneficio.
Requisitos obligatorios que hay que cumplir:
Ser titular de un plan comercializado por una entidad de medicina prepaga.
Tener ingresos inferiores a 6 salarios mínimos, vitales y móviles.
Poseer clave fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo.
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