La ley sancionada sobre tablas en la madrugada del sábado incorpora como beneficiarios de una jubilación docente en la provincia (a los 50 años de edad, con 25 de servicio y 10 de ellos frente al grado) a "bibliotecarios, tutores, preceptores, asesores pedagógicos, miembros de equipos interdisciplinarios de gabinete y equipos de orientación", por "su participación activa dentro del proceso enseñanza aprendizaje".
Además, la norma pone en cabeza del Ministerio de Educación provincial la "certificación de servicios" de cada caso en particular, atribuyéndole así la facultad de resolver los casos que se presten a confusión o duda.
El criterio de incluir en la jubilación docente a trabajadores que no dictan clases de forma efectiva había sido anticipado por la propia ministra de Educación Fueguina, Analía Cubino, a través de una resolución ministerial.
Sin embargo, la medida fue cuestionada por el Fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, y ello derivó en que el conflicto llegara a la Legislatura donde alcanzó el rango de modificación legal.
No es la primera vez que una reforma jubilatoria en Tierra del Fuego genera polémica: en octubre del año pasado la Legislatura sancionó una ley que permitirá a los empleados públicos provinciales jubilarse a los 55 años y cobrar hasta el 88% de su sueldo en actividad.
Esa norma también cambió la forma de calcular el haber jubilatorio, que antes remitía al promedio de los sueldos de los últimos 10 años de actividad, y ahora promedia los mejores 60 sueldos de esos últimos 10 años.
A su vez, la ley permite que quienes ya están jubilados por el régimen actual puedan solicitar la redeterminación de su haber de acuerdo al nuevo sistema, aunque no podrán exigir el pago de sumas retroactivas.
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