Finalmente la polémica causa de los Conejos de Castilla que viven en el CADIC tiene novedades positivas para estos animalitos y para las protectoras Abogados y Funcionarios para la Defensa de los Animales –AFADA- (una ONG) y Amigos del Reino Animal Fueguino –ARAF- (una Asociación Civil), en cuya representación la doctora Griselda Engelhard accionó ante la Justicia Federal. El Juez Federal de Ushuaia Federico Calvete decretó una medida cautelar innovativa en el marco del Amparo presentado por la mencionada letrada y ordenó suspender las medidas directas dispuestas por el CADIC que implican la matanza de los conejos de castilla que habitan en el edificio de esta Institución Científica, en la ciudad de Ushuaia, mientras dure la tramitación de la presente causa.
El magistrado dispuso en ese contexto iniciar la ejecución del Proyecto Anexo A propuesto por la parte actora, en su presentación proveída con fecha 16/06/2020, a su costa, bajo supervisión de un profesional veterinario, y en coordinación con las autoridades que el CADIC determine, cuya modalidad de ejecución se determinará en una audiencia que se convocará al efecto (Art. 204 del CPCCN y art.3 inciso 3 de la Ley 26854).
Asimismo, el Dr. Calvete convocó por Secretaría a una audiencia a celebrarse en el SUM del Tribunal a fin de consensuar la modalidad de ejecución del Proyecto propuesto por la parte actora, a la que deberán concurrir las autoridades de cada una de partes intervinientes con facultades suficientes, el profesional responsable del Proyecto, las autoridades pertinentes del Gobierno provincial, de la Municipalidad de Ushuaia y del COE (Comité Operativo de Emergencia), como así también al Fiscal Federal.
La fecha será notificada una vez que se coordine la posibilidad de concurrencia de los funcionarios que corresponda, y deberá cumplirse en tal oportunidad con los protocolos de distanciamiento social y uso de tapabocas en forma obligatoria. Cabe recordar que, al iniciarse la presente causa, la accionante instó también la concesión de una medida cautelar solicitando que se disponga la suspensión de las medidas de acción directa que el CADIC informara en forma radial que iba a iniciar y ejecutar respecto de los Conejos de Castilla, animales que han formado madrigueras en el edificio del Centro de Investigaciones.
En resumidas cuentas esas medidas implican el exterminio de los animales, “utilizando un procedimiento cruel y letal, que les ocasionará grandes sufrimientos físicos y psíquicos a los conejos; el fundamento de esa decisión, según explicara el demandado al trabarse la litis, es el daño que están causando en el edificio sede de la institución, que lo ponen en riesgo, y hallan fundamento científico y justificación en extensos y copiosos estudios que se acompañan”, asegura el magistrado en sus fundamentos.
Las accionantes son dos asociaciones civiles reconocidas en la comunidad de Ushuaia (ARAF y AFADA), cuyo objeto social es la protección animal; y tal es el fundamento del inicio de la acción de amparo y el pedido cautelar, pretendiéndose en ambos casos, salvaguardar el derecho y la vida de esos conejos de Castilla, como animales no humanos, “basándose para ello en las distintas normas nacionales aplicables a la fauna silvestre, en la Constitución Nacional, y tratados internacionales, para hacerlos merecedores de una protección contra sufrimientos físicos y psíquicos de gran crueldad”, observa el Juez. Por ese motivo, e Dr. Federico Calvete aplazó el análisis de la medida cautelar hasta la traba de la litis.
“Mas luego, la parte actora aportó una nueva propuesta para resolver el problema de fondo, consistente en un Método de Control Poblacional Ético, que voy a renombrar ‘Proyecto Anexo A’, consistente en la castración de los conejos, y su posterior reinserción al medio”, detalla. El Magistrado relató que “a su turno, la parte demandada (el CADIC) al responder el informe del artículo 8 requerido en los términos del procedimiento de amparo nada dijo respecto de la medida precautoria peticionada, más dio extensa y fundada explicación de las razones y estudios realizados en forma previa a decidir el plan de acción respecto de los conejos de castilla, que la parte actora cuestiona”. Oportunamente, “la demandada también rechazó la Propuesta Anexo A; en este estado, y habiendo dispuesto transformar la acción incoada en un proceso ordinario, corresponde merituar la pretensión cautelar formulada ab initio, y sobre la cual el Sr. Fiscal Federal se expresara en sentido favorable, según luce en el dictamen Nro. 104/2020, decisión que considero procedente atento que la sentencia definitiva en la presente causa ha de demorarse, y las consecuencias serán irremediables de no intervenir en el sentido peticionado por la parte actora”.
El Juez Federal explica en su fallo que “es por ello que he de hacer lugar al pedido cautelar oportunamente instado, pero, además –y en forma conjunta- he de disponer que mientras tramita la causa, la parte actora ejecute su propuesta, a fin de determinar la viabilidad y eficacia del procedimiento sugerido, que se encuentra avalado por un profesional veterinario, y que eventualmente podrá ser tenido en cuenta como alternativa definitiva”. ‘PROYECTO ANEXO A’ “Personalmente estoy muy satisfecha porque nuestro objetivo como abogados animalistas se está cumpliendo”, destacó la Dra. Griselda Engelhard al conocer el fallo y observó que el ‘Proyecto Anexo A’ que alude el magistrado y que fue presentado por estas entidades “es la protección y defensa de los animales no humanos mediante un control poblacional ético.
Confiamos en la justicia también para los sin voz”. PLAN DE ACCIÓN:
1.- Captura Manual de los ejemplares existentes en el predio del CADIC: La misma se realizará con la colaboración desinteresada de miembros de la ARAF y luego se ubicará a los conejos en jaulas (especialmente diseñadas) teniendo en cuenta la especie y la cantidad de ejemplares. Dichas Jaulas serán utilizadas para la “captura, traslado y procedimiento pre-quirúrgico” de la castración de los ejemplares capturados en el predio del CADIC.
2.- Luego de la captura: Los conejos serán trasladados hasta un predio de la Ciudad de Ushuaia, donde se alojarán definitivamente los ejemplares, ya que después de la castración, esa porción de ejemplares, estará controlada.
3.- Un Médico Veterinario –el Dr. Alejandro Hiriart y se suma la médica veterinaria Patricia Permetei- se compromete a la castración de los ejemplares, tanto machos como hembras capturados en el predio del CADIC, mediante la utilización del Método Ético recomendado por el mismo.
4.- Solicitamos se intime al Organismo Competente: Ministerio de la Producción y Ambiente, la Secretaría de Ambiente (con domicilio en calle San Martín N° 1401), y la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad de Ushuaia del Gobierno Provincia de Tierra del Fuego para que adopte las medidas tendientes a controlar la población del “Conejo de Castilla” mediante la ‘Esterilización o Castración’ de los mismos a fin de dar cumplimiento al “Principio de Subsidiariedad” establecido en la Ley General del Ambiente, Ley Nacional de Fauna N° 22.421 y leyes provinciales. Inclusive, ofreciéndole al Juez que, si el CADIC no quiere hacerse cargo económicamente, ARAF también va a pagar lo que le corresponde pagar al Estado.
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