El Ministerio de Salud dispuso el mecanismo necesario para que los trabajadores del ámbito público, incluidos en el grupo de riesgo, puedan ser convocados por sus empleadores para prestar servicios._
La medida surge a raíz de la adhesión al DNU Nº520/20 que permite convocar a trabajar a las personas incluidas en el grupo de riesgo según fuera definido por la normativa provincial y el Ministerio de Salud de la Nación. Es por ello que desde la Subsecretaría de Salud Ocupacional y Fiscalización Sanitaria se resolvió reglamentar esta posibilidad.
Cabe destacar que aquellos trabajadores que se encuentren dentro del grupo de riesgo, podrán decidir si aceptan regresar al trabajo o no. De igual modo, deberán firmar una declaración jurada.
Si bien, el jefe inmediato del trabajador incluido dentro del mencionado grupo podrá convocar a trabajar a la totalidad de las personas, quedan exceptuadas aquellas que presenten determinadas patologías.
Para el caso que el trabajador considere que no se encuentra en condiciones de prestar servicios debido a su situación particular, deberá ponerlo en conocimiento de su jefe inmediato dentro de las 24 horas de la convocatoria.
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