El Dr. Cristian Rubio, abogado de diversas familias que vienen siendo afectadas por los créditos UVA otorgados por el Banco Tierra del Fuego, dialogó con FM Del Pueblo donde analizó el reciente fallo de la Justicia Federal de Misiones a favor de un damnificado.
Al respecto, destacó que “tiene una particularidad, el fallo lo que hace es atender en primer término a la demanda de revisión del contrato por el cambio de circunstancias económicas existentes al tiempo de su celebración y las que se fueron desarrollando con posterioridad, y la particularidad que tiene es que lo que hace es sustituir el sistema de ajuste del índice UVA por el índice casa propia, que es otro índice que usa el Estado, que es mucho más armónico y va en sintonía con la evolución de los salarios de los trabajadores formales, que tienen salarios a monto fijo. Y en esta particularidad es una alternativa, plantea otro índice, otro esquema de actualización de deuda, y lo que hace es retroceder la deuda por las cuotas 55, y desde ahí vuelve a liquidar con otro índice.”
El Dr. Rubio indicó que “lo importante de este tipo de resoluciones es que lo que se viene dando y demostrando es que todos los tomadores que suscribieron estos contratos en el 2017-2018 se vieron afectados por la misma situación, que es el desequilibrio económico que se generó a posterioridad”.
En este sentido, recordó que “a partir del 2019 la inflación se descontroló y eso generó una alteración de las condiciones que tuvieron en cuenta en el momento de contratar, y generó un aumento desmedido de la deuda de aquellos tomadores que suscribieron estos contratos. En la cuestión política y quién lo otorgó o no, queda al margen. Estrictamente es lo que hace a la esencia del contrato, que es lo que está requiriendo la gente, que es revisar estos parámetros, lo que se dio es una alteración de las circunstancias económicas.”
“Lleva tiempo, lleva tiempo de demostrarlo, explicarlo, y sí es importante destacar que se da esta circunstancia con aquellos tomadores que suscribieron estos contratos entre el 2017 y 2018, algunos en principios del 2019, que son los que quedaron envueltos en esa particular situación. Para que se entienda, el mecanismo, este ajuste que tienen, ha provocado que algunos, al día de hoy, deban una suma de dinero superior a la que valen el bien. Esa es la irracionalidad del sistema, es decir, pagaron la cuota durante 5, 6 y 8 años, y lejos de crecer la deuda, al día de hoy es más de lo que vale el inmueble. Son situaciones paradojas, que son corregidas. Esto no es la primera vez que sucede.”
El abogado remarcó que “lamentablemente todo esto tiene una causa, que se llama inflación, y cuando tenemos periodos de inflación muy alta, las tasas de interés que normalmente se utilizan ya no son suficientes para cubrir esta depreciación monetaria, y se recurren a sistemas alternativos como los sistemas indexados que estaban prohibidos hace mucho tiempo en Argentina, hace más de 30 años, y bueno, despacito los van reflotando con algunas excepciones, y bueno, traen estos problemas.
Rubio aclaró que los fallos “son procesos individuales de alcance particular, en cada caso particular. No se trata de procesos colectivos que tienen efectos aplicables o que pesan sobre el resto de la comunidad. No son procesos que atiendan intereses difusos o colectivos, y por lo tanto tengan un efecto expansivo la sentencia. Solamente la sentencia alcanza a las partes que estén interesadas en ese límite”.
Consultado si hubo algún avance de resolución en el Congreso de la Nación, sostuvo que “de momento no ha prosperado ninguno de los proyectos de modificación. La última norma relativa es la Ley de Solidaridad Social que mandó ya a revisar estos mecanismos de actualización de deuda por los efectos que estaba teniendo. Esto fue en 2019 y hasta la fecha no se ha hecho.”
Compartinos tu opinión