Además de esta regulación, es fundamental distinguir entre feriados y días no laborables. Mientras los feriados obligan al descanso para todos los trabajadores, los días no laborables pueden ser decididos por el empleador. Así, por ejemplo, el 24 de diciembre, a pesar de no ser feriado, puede implicar una reducción en el horario de atención en ciertos sectores, como la administración pública y algunos servicios bancarios.
Por otro lado, el Gobierno argentino ha publicado el calendario oficial de 2025, conforme a lo dispuesto por la Ley 27.399. Esta normativa incluye tanto los feriados inamovibles como los trasladables y los días no laborables diseñados para incentivar el turismo interno y prolongar los fines de semana.
Entre los feriados inamovibles destacan:
- 1.º de enero (miércoles): Año Nuevo.
- 3 y 4 de marzo (lunes y martes): Carnaval.
- 24 de marzo (lunes): Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
- 2 de abril (miércoles): Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
- 1.º de mayo (jueves): Día del Trabajador.
- 25 de mayo (domingo): Día de la Revolución de Mayo.
- 9 de julio (miércoles): Día de la Independencia.
- 20 de junio (viernes): Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
- 8 de diciembre (lunes): Día de la Inmaculada Concepción de María.
- 25 de diciembre (jueves): Navidad.
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (trasladado al viernes 15 de agosto).
- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladado al lunes más próximo).
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado al lunes 24 de noviembre).
- 17 de abril (jueves): Jueves Santo.
- 2 de mayo (viernes): Día puente no laborable.
- 15 de agosto (viernes): Día puente no laborable.
Compartinos tu opinión