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La ANMAT prohibió la venta de varias marcas de productos populares por ser ilegales

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y comercialización de un aceite, una miel y un agua mineral. Así lo informaron a través del Boletín Oficial al no poder garantizar la trazabilidad de los productos ni sus condiciones de elaboración y ponen en riesgo la salud de los consumidores.
Para los tres productos, el organismo determinó que "prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea de los productos en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Cuáles son los productos prohibidos por la ANMAT

Se trata de los productos "Aceite marca Don Manuel", "Miel de abeja, marca El Tridente" y "Agua de mar marca Sorbos de Mar". Mediante la disposición 9732/2022, 9736/2022 y 9761/2022, el organismo observó que estos productos tenían irregularidades y decidieron intervenir al respecto.

La investigación sobre la marca de "Aceite marca Don Manuel", se inició debido a una auditoría llevaba a cabo por la Dirección de Bromatología de la provincia de Neuquén, en el marco de actividades de fiscalización. Mediante las cuales registraron que el producto no cumplía con la normativa vigente.

A través de la disposición 9736/2022, estableció que el rótulo detalla ser un producto proveniente de la provincia de Buenos Aires pero desde el centro Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA), informó que contiene un registro inexistente.

En cuanto a la "Miel de abeja, marca El Tridente", varios consumidores consultaron por el producto que se vendía a través de plataformas en línea en la zona de Mercedes, Buenos Aires.

Desde la ANMAT informaron en la disposición 9732/2022 que "es un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado".

Por último, el "Agua de mar marca Sorbos de Mar" desde la organización se inició una investigación a raíz de una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria. Al no tener un rótulo correcto y que el producto no se encuentra incluido ni definido en el Código Alimentario Argentino (CAA).

Mediante la disposición 9761/2022 determinaron que es "un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento".

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