Durante diciembre, los trabajadores y titulares de algunas prestaciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) cobrarán la otra mitad del Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo. Además, el Gobierno nacional anunció un bono de fin de año para trabajadores particulares y Potenciar Trabajo.
El SAC se divide en dos pagos, durante junio y diciembre. Cada uno corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador, dentro de cada uno de los semestres.
Monotributistas: ¿Cobran el aguinaldo?
En el caso de los monotributistas, los pequeños contribuyentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), no hay anunciado ningún tipo de bono ni extra. Aquellos que tengan monotributo, sean titulares de asignaciones familiares y un salario de hasta $131.000 recibieron un monto extra por hijo durante septiembre, octubre y noviembre.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
El aguinaldo está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 en los arts. 121 y 122 (texto modificado por la Ley 27.073). En ellos se establece el modo de cálculo y las fechas de pago. Respecto del primer punto, se establece que se calcula el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto, en los semestres que culminan en junio y diciembre.
Aguinaldo: ¿Cuándo se cobra?
Los plazos de pago se establecen en dos fechas: el 30 de junio para la primera cuota y el 18 de diciembre para la segunda.
Son fechas fijas de vencimiento y para las cuales no se aplican las pautas del art. 128 plazos de pago, que distinguen entre plazo de vencimiento y período de pago, habilitando para las remuneraciones mensuales y quincenales un periodo de pago de hasta 4 días hábiles posteriores a vencimiento del plazo.
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