El Juzgado Civil y Comercial N° 1 del Distrito Judicial Norte, analiza la presentación realizada por los abogados que iniciaron la demanda colectiva contra las empresas automotrices por incumplimiento de los beneficios de la ley 19.640, mediante la cual solicitan extender hasta el 5 de diciembre de 2016, el plazo de vencimiento para la presentación de nuevos adherentes.
La acción de protección de intereses difusos por parte de los consumidores fue promovida hacia finales del año 2015, en sede judicial del Distrito Judicial Norte y se tramitó conforme a las normativas especificas del proceso.
El titular del citado Juzgado, Doctor Horacio Boccardo explicó que la demanda mencionada “está entablada contra la mayoría de las automotrices con producción nacional, que habrían vendido autos 0 kilómetro entre los años 2005 y 2010, bajo el amparo de la Ley N° 19.640” y por lo cual los consumidores reclamarían “el no beneficio que les confiere la ley, es decir la diferencia de precio que existe entre continente y el régimen aduanero especial”.
El magistrado señaló que el expediente se encuentra en la etapa originaria, que es precisamente la posibilidad de concretar en un único juzgado una demanda colectiva de esta naturaleza y “ahora lo que hay que resolver luego del vencimiento de los plazos, es la admisibilidad de la acción que represente a la clase por la cual están accionando”.
Conforme a los edictos publicados, los consumidores que pudieran sentirse afectados tienen plazo hasta finales del mes de noviembre para adherirse. Sin embargo el Juez informó que “hay una solicitud de prórroga que en principio sería vigente hasta el 5 de diciembre”.
“Los letrados que han iniciado la acción han solicitado esa ampliación de plazos teniendo en cuenta la cantidad de adherentes que se estarían suscribiendo a la demanda”, dijo.
El Doctor Boccardo especificó que “de la presentación efectuada por los abogados se advierte que existen más de tres mil consumidores adheridos, a los que se suman aquellos cuyo domicilio se ubica en la ciudad de Ushuaia”.
El Magistrado precisó además que “no existe en los tribunales de la ciudad de Río Grande, ni en la provincia de Tierra del Fuego algún antecedente similar, que involucre a tantas personas en una demanda colectiva”.
Precisó que “la más cercana fue una acción medioambiental que fue impulsada por una asociación, con algunas adhesiones en particular pero no con la misma magnitud”.
El Juzgado en la Civil y Comercial N° 1 deberá como primer medida establecer la admisibilidad del proceso que se ha iniciado, y en caso de ser favorable se iniciará el traslado de la demanda a las automotrices accionadas.
“Ninguna de ellas se encuentra en la provincia, por lo tanto hay plazos que considerar, ya que cada una de las partes tendrá el derecho de defensa y ofrecimiento pruebas, luego de eso se podrá verificar el tiempo que puede insumir un proceso de este tipo”, detalló.
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