En el Congreso hay una comisión que se encarga de monitorear la implementación del Código Procesal Penal Federal, en ese marco el congreso firmó una resolución que determina las nuevas condiciones a la “prisión preventiva” en todo el país, bajo la órbita del nuevo Código Procesal Penal. Justamente el punto está en esas limitaciones a la prisión preventiva que, según manifiestan, abre una puerta para la libertad de ex funcionarios y empresarios detenidos.
Es firmada resolución además determina criterios para reducir la libertad con la que se determinarían las prisiones preventivas. Esta medida podría beneficiar a empresarios y ex funcionarios que están privados de su libertad en esos términos, que a su vez, ya fueron criticados por el presidente electo Alberto Fernández y otros referentes oficialistas.
El nuevo Código Procesal se encuentra vigente y se está aplicando progresivamente y sólo rige en Salta y Jujuy; se espera que esta medida acelere la implementación en todo el país de las prisiones preventivas, para poder determinar cuándo habría peligro de fuga o de entorpecer una investigación.
El Juez de la Cámara Federal de Casación Penal y Presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal explicó que la aplicación del nuevo Código “sistematiza en una norma los criterios de prisión preventiva”, y resaltó que es de aplicación “inmediata” para todos los casos, dado que se trata de una norma de proceso.
La aplicación del nuevo Código en todo el país lo que permite es “fijar criterios objetivos en una norma y reducir la discrecionalidad judicial”. Cómo es la estructura del nuevo Código Penal Argentino. En cuanto al peligro de fuga, se tendrán en cuenta pautas como el arraigo, determinado por el domicilio, “la residencia habitual, asiento de la familia y de sus negocios o trabajo, y las facilidades para abandonar el país o permanecer oculto”, como así también, entre otras cuestiones, se constatarán las detenciones previas, y el comportamiento del imputado “durante el procedimiento en cuestión, otro anterior o que se encuentre en trámite”.
Se evaluará, además, si incurrió en rebeldía, o si ocultó o proporcionó falsa información sobre su identidad o domicilio. En relación al peligro de entorpecimiento de la investigación, se evaluará la existencia de “indicios que justifiquen la grave sospecha” de que el imputado “destruirá, modificará, ocultará, suprimirá o falsificará elementos de prueba”, como así también si “hostigará o amenazará a la víctima o a testigos” o influirá para que \"testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente”, se menciona entre los criterios.
El doctor en Derecho Penal fue consultado sobre si los ex funcionarios podrían ser alcanzados por esta resolución, por ello aclaró que no es aplicable en igual medida en todos los casos, y que exige evaluar cada situación en su particularidad. “Habrá que analizar en cada caso concreto si se verifican los criterios de prisión preventiva del nuevo código que empieza a regir la semana que viene”, sostuvo.
La resolución establece la implementación en todo el país de los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal; la misma se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial y se aplicará desde la semana próxima, lleva la firma de diputados y senadores del PJ, el Frente para la Victoria, el PRO y la UCR, y de todos los legisladores que integran la Bicameral presidida por el senador del justicialismo, Rodolfo Urtubey.
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