Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Judiciales

Imponen el secreto de sumario en la causa en donde se investiga a un sacerdote por posible abuso

El Juez de Ejecución del Distrito Judicial Norte, Sergio Manuel Dieguez en su carácter de subrogante del Juzgado de Instrucción N° 1 impuso mediante la resolución N° 1631 el secreto de sumario de la causa N° 27.056, mediante la cual se investiga un presunto abuso sexual que habría sufrido una menor en la ciudad de Río Grande por parte de un hombre que forma parte de la comunidad eclesiástica.

 

La resolución indica además que si bien el proceso transita sus primeros pasos, se verifica que el mismo reviste un nivel de complejidad tal, que hacen necesario disponer medidas, a fin de evitar sucesos que pudieran afectar el normal transcurso del mismo, como así también preservar los elementos probatorios y lograr el éxito de la investigación que se lleva a cabo.

 

En los considerandos se expresa que, la denuncia así como también las manifestaciones formuladas por la víctima en la audiencia del pasado viernes 11, se infiere un grado extraordinario de en el abordaje del caso, incluso para la comunidad.

 

El escrito afirma que teniendo en cuenta lo descripto es imprescindible imponer el secreto previsto en el artículo N° 186 del Código Procesal Penal por el término de diez días, toda vez que la publicidad del proceso podrían poner en riesgo el descubrimiento de la verdad.

 

Es importante remarcar que a partir de la rúbrica de la presente resolución, únicamente tendrán acceso a la causa el Juez Sergio Manuel Dieguez y el Fiscal Eduardo Tepedino.

 

Los abogados que representan a la parte de la defensa y la querella, no tendrán la posibilidad de tomar conocimiento del expediente, como tampoco de las actividades y medidas de prueba de sean dispuestas por el Magistrado, ya que solo serán notificados de los resultados.

 

Una vez que se dé por finalizado el secreto de sumario, el cual una vez vencido el plazo puede ser reeditado, las partes podrán realizar planteos referidos a las medidas de prueba.

 

Funcionarios del Ministerio Público Fiscal señalaron que el pasado miércoles en horas de la tarde ingresó una denuncia sobre diversos hechos de un presunto abuso sexual simple y agravado, que habría sufrido una menor de entre 12 y 13 años de edad.

 

De manera inmediata se requirió la instrucción de la causa, se concretó una audiencia en cámara Gesell con la joven de actuales 16 años y se están llevando a cabo numerosas medidas de prueba

 

Detalles de la normativa citada

 

Código Procesal Penal

Artículo 186.- El sumario será público para las partes y sus defensores, que lo podrán examinar después de la indagatoria, dejando a salvo el derecho establecido en el segundo párrafo del artículo 93.

 

Pero el Juez podrá ordenar el secreto por resolución fundada siempre que la publicidad ponga en peligro el descubrimiento de la verdad, exceptuándose los actos definitivos e irreproducibles, que nunca serán secretos para aquéllos.

 

La reserva no podrá durar más de diez (10) días y será decretada sólo una vez, a menos que la gravedad del hecho o la dificultad de la investigación exijan que aquélla sea prolongada hasta por otro tanto. No obstante, podrá decretarse nuevamente si aparecieren otros imputados. El sumario será siempre secreto para los extraños.

La medida incluye a la defensa y la querella y se toma de manera excepcional a los fines de garantizar el cumplimiento de los fines del proceso, esto es, de lograr obtener los elementos de prueba que nos permitan tener por cierta la existencia del hecho y la posible participación del imputado.

 

 

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Últimas noticias

Fotos

Queremos invitarte a conocer Tierra del Fuego a través de sus maravillosos paisajes.

DJI_0453.jpg

ver todas las fotos

Videogalería Ver más

Momentos TDF

Teclas de acceso