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Judiciales

Juez que recibió el amparo de Melella se declaró incompetente

El juez Civil y Comercial 2 de Ushuaia, Gustavo González, se declaró incompetente para seguir interviniendo en el recurso de amparo presentado por el gobernador electo Gustavo Melella, la vicegobernadora electa Mónica Urquiza, y los legisladores electos Jorge Federico Greve y Pablo Villegas, con el objetivo de que se disponga la “suspensión total de todo avance” relacionado con la obra del denominado “Corredor del Beagle”.

En una resolución que trascendió ayer, González consideró que por una cuestión de “conexidad” entre el amparo de Melella y la demanda iniciada meses atrás por un grupo de organizaciones ambientalistas, ambos expedientes deben tramitar en forma conjunta en el Juzgado Civil y Comercial 1, a cargo del juez Sebastián Osado Viruel.

“Se trata de un hecho de público conocimiento la existencia de los autos caratulados “Asociación Mane´Kenk y otros contra Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego sobre Protección de Intereses Colectivos o Difusos” (Expte. Nº 21.962), en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 1, en los cuales hay identidad de objeto perseguido, siendo el mismo la protección del medio ambiente como bien colectivo, más precisamente en torno a las obras relacionadas con el denominado corredor costero Canal Beagle. Por ello se debe declarar la incompetencia de este Tribunal y remitir por conexidad las presentes actuaciones al Juzgado Civil y Comercial Nº 1”, indica el resolutorio suscripto por el juez González.

La medida también observa que en caso de que el amparo se tramitara en el tribunal a su cargo, “nos encontraríamos expuestos, o bien a la posibilidad del dictado de fallos contradictorios, con el consecuente escándalo jurídico que ello provocaría, o bien a forzar a quien suscribe a arribar a la misma decisión a la que concluyó o concluya el titular del juzgado que previno”, razonó González.

El juez recordó que el objeto del amparo presentado por el gobernador electo y las demás autoridades es “impedir que los demandados (el gobierno y la empresa contratista) continúen afectando los derechos constitucionales a un medio ambiente sano consagrados por el artículo 41 de la Ley Fundamental Federal, diversas disposiciones del Bloque de Constitucionalidad Federal, como también el preámbulo y los artículos 25, 31 inciso 8, 54, y concordantes de la Carta Magna Provincial, en virtud del diseño, planificación, gestión y ejecución de la obra mencionada, impulsada desde su origen mediante actos arbitrarios e ilegítimos que lesionan, restringen, alteran y amenazan elementales principios de sustentabilidad ambiental amparados por las mencionadas normas fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico”.

En ese sentido, el magistrado hizo notar la coincidencia de objetos respecto de la acción de protección de intereses difusos que se tramita en el juzgado a cargo de Osado Viruel, ya que “los actores señalan de manera expresa y delimitada que el objeto de su pretensión es la protección de un bien colectivo, de un interés difuso, y no un daño concreto personal e individual ocasionado sufrido por los accionantes a raíz de la obra denominada “Corredor del Canal de Beagle”, cuya suspensión aquí persiguen”.

González citó un fallo de la Corte Suprema de Justicia, en una causa de daños derivados de la contaminación del Río Matanza-Riachelo, para argumentar que la conexidad en materia de protección ambiental corresponde cuando “existe identidad parcial en el objeto de las pretensiones deducidas en ambas causas” y “existe identidad parcial en el sujeto”, ambos requisitos que se cumplen en el caso de las demandas por el Corredor Costero.

De esta forma, el juez Osado Viruel deberá resolver ahora si acepta la competencia del caso y después definir si hace lugar a las solicitudes de las autoridades electas, a casi 40 días del traspaso de gobierno.

 

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