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Judiciales

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó las condenas hacia tres sujetos por "trata de personas"

Los jueces Guillermo Yacobucci, Carlos Mahiques y Mariano Borinsky, integrantes de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, rechazaron el recurso de apelación y convalidaron la pena de 8 años de prisión a Pedro Eduardo Montoya, 5 años a Ivana Claudia García y 4 años para Lucy Campos Alberca, por el delito de “trata de personas con fines de explotación sexual agravado por la pluralidad de víctimas y por la participación de tres personas” en un prostíbulo nocturno denominado “Sheik”, que funcionaba en la esquina de las calles Gobernador Paz y Roca en la ciudad de Ushuaia.

Los jueces integrantes de la Sala II de Casación, además dispusieron que se le pague un monto millonario, actualizado desde el año 2012 a la fecha, en concepto de “daños y perjuicios” a Alika Kinán, una de las siete mujeres que se desempeñaba en el local y que demandó a los propietarios del prostíbulo y al Estado Municipal por considerarse víctima de explotación sexual. Recordemos que en ese entonces se encontraba a cargo de la intendencia Federico Sciurano.

En ese marco, en la causa se formula que “Montoya Pedro Eduardo y otros s/ recurso de casación”, convalidó las condenas de prisión de Pedro Eduardo Montoya (a 8 años), e Ivana Claudia García (a 5 años) por ser responsables del delito de “trata de personas con fines de explotación sexual agravado por la pluralidad de víctimas y por la participación de tres personas”. Por otro lado, tercera integrante es Lucy Campos Alberca, condenada a 4 años de cárcel por ser “partícipe necesaria” del delito en cuestión.

La resolución fue dictada por la Sala II de Casación y los jueces a cargo, por unanimidad rechazaron el recurso interpuesto por la condenada Ivana Claudia García, la cual entre otras cosas había impugnado “la arbitrariedad” de la sentencia condenatoria, emitida por el Tribunal Oral Federal de Tierra del Fuego el 11 de junio de 2021.

Por lo cual, el juez Yacobucci a la hora de efectuar su voto explicó que “el Tribunal Oral tuvo por acreditado que el día 9 de octubre de 2012, en oportunidad de materializarse la orden de allanamiento dispuesta por el juez federal instructor en el Club Nocturno ‘Sheik’ de la ciudad de Ushuaia, fueron captadas, trasladadas y acogidas en el mencionado local siete mujeres con la finalidad de explotación sexual en todos y cada uno de los casos, mediando para ello un abuso en las condiciones de vulnerabilidad de las víctimas”.

Asimismo, el tribunal había dado por aprobado que Montoya y García eran una pareja que se dedicaba a “la captación, traslado y explotación” de sus víctimas en el prostíbulo “Sheik” y de acuerdo a la valoración de la prueba, él era el dueño del local y ella su socia “en el esquema de selección, captación y acogimiento de las víctimas”. Y la función de Campos Alberca era que gozaba de la confianza de ambos y “controlaba las salidas y entradas de las víctimas en la explotación sexual que realizaba Montoya”.

A su vez, el juez Yacobucci en referencia a la sentencia recordó que “el despliegue de actividad en el Club Nocturno ‘Sheik’ operaba entre las 23:30 y las 06:00, con un régimen de ‘copas’ en función del cual las mujeres percibían un porcentaje de la consumición de los clientes y que según los propios dichos de la víctima Alika Kinán, incluían tocamientos dirigidos a lograr el servicio sexual”.

Por su parte, los jueces Mahiques y Borinsky coincidieron a la necesidad de aumentar el pago indemnizatorio fijado a Kinán y al respecto, citaron la importancia de seguir el Protocolo de Palermo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas de las Naciones Unidas en la medida en que dicho instrumento legal conlleva una obligación internacional asumida por el Estado.

En necesario señalar que, Justicia Federal no solo condenó a los propietarios del prostíbulo, sino que también a la Municipalidad de Ushuaia, debido a que el local en donde funcionaba “Sheik” contaba con una habilitación comercial expedida por el Municipio y era inspeccionado periódicamente como cualquier otro comercio de la plaza.

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