La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia ratificó hoy una medida cautelar que bloquea el incremento de las tarifas de gas en la provincia de Tierra del Fuego. El tribunal justificó la medida argumentando que el suministro de gas es un servicio esencial de carácter humanitario, crucial para proteger a la población en una región con condiciones climáticas extremas. Esta decisión confirma el fallo anterior de la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, quien había ordenado la suspensión del aumento tarifario mientras se analiza el caso en profundidad.
El proceso legal comenzó a raíz de un expediente presentado por el gobierno de Tierra del Fuego, liderado por Gustavo Melella, en oposición a los aumentos en las tarifas de gas. Inicialmente, la jueza Borruto emitió una medida cautelar interina para suspender el aumento y solicitó al Gobierno Nacional, encabezado por Javier Milei, un informe detallado sobre la demanda.
A pesar de la apelación, los jueces de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, reafirmaron hoy la medida. En su fallo, los magistrados indicaron que la Resolución 41/2024 de la Secretaría de Energía permitió que los precios del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) fueran fijados en dólares estadounidenses (USD) y trasladados a los consumidores finales en varios períodos del año. Las facturas presentadas en el juicio mostraron aumentos significativos en la facturación, sin un aumento proporcional en el consumo, lo que podría comprometer la continuidad del servicio debido a la incapacidad de los usuarios para pagar.
La Cámara subrayó que el gas es un servicio fundamental en una zona como Tierra del Fuego, y que la suspensión del aumento tarifario se mantendrá vigente hasta que se resuelva el fondo del reclamo. Si la justicia considera inconstitucional el aumento, la suspensión podría hacerse permanente.
Los jueces destacaron que la medida pretende asegurar la continuidad del suministro de un servicio público esencial, íntimamente ligado a la calidad de vida de la población, durante un período limitado hasta que se reciban los informes solicitados según el artículo 4º de la ley 26854.
El tribunal también enfatizó el carácter humanitario de su decisión, argumentando que esta no impide que las empresas continúen con su esquema de facturación. Sin embargo, el significativo aumento en las tarifas podría afectar gravemente los gastos corrientes de una familia promedio, justificando así la medida cautelar.
Con esta resolución, el caso continuará su curso para resolver los planteos de fondo. Uno de los reclamos del gobierno nacional, que aún está pendiente de resolución, es que el expediente se traslade de la justicia federal de Tierra del Fuego a la justicia en lo contencioso administrativo federal de la ciudad de Buenos Aires, donde se está tratando otro caso similar sobre el aumento de las tarifas.
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