El viernes 19 de mayo, la Jueza Cecilia Cataldo del Juzgado de Instrucción N°3 resolvió, por primera vez en Río Grande, una consigna policial que recae sobre Cristian Sebastián Alves, hombre que reiteradas veces incumplió las prohibiciones de acercamiento hacia su expareja y su entorno familiar.
En ese marco, el caso sentaría un precedente judicial y el mismo podría llegar a cambiar el foco dado a que se podrá aplicar la perspectiva de género real en los casos extremos de violencia familiar y de género.
Por tal motivo, desde el Juzgado de Instrucción N°3 de la ciudad de Río Grande y bajo la recomendación de un profesional de la Subsecretaría de Políticas de Género, se ordenó disponer una consigna policial a Cristian Sebastián Alves.
Cabe señalar que, además la medida tiene otro antecedente en la provincia de Salta y también se ha presentado en Diputados una modificación a la Ley 26.485 en uno de sus articulados, agregando el texto “ordenar custodia policial sobre la persona del agresor”.
Desde la Subsecretaría de Políticas de Género explicaron por qué se aplicó la consigna policial, en este caso, sobre el agresor “teniendo en cuenta el grado de naturalización de la violencia por parte de la joven –denunciante-, el alto grado de vulnerabilidad y riesgo a la que se encuentra expuesta, la mujer y grupo familiar, es que se requiere se pueda evaluar la posibilidad de poner consigna policial al denunciado Cristian Sebastián Alves, a fin de evitar la revictimización, resguardándolas ante futuras situaciones de violencia que puedan presenciar hasta tanto duren las medidas otorgadas”
Asegurando que “se entiende que pese a haber medidas de protección vigentes, el denunciado Alves continúa ejerciendo violencia sobre el grupo familiar y exponiéndolas a situaciones de riesgo extremo”.
Al considerar la conducta del imputado, se tomó en cuenta dejar sin efecto la consignas dispuestas en medidas anteriores protegiendo a la víctima y ahora la misma deberá disponerse sobre la persona del Cristian Alves.
A su vez, en el falló detallan que “el objeto de esta medida es concretar la efectividad de la protección de la víctima siendo una reacción proporcionada frente al enorme desprecio que demuestra con su desobediencia el agresor a la prohibición de acercamiento dispuesta por este juzgado. El riesgo cierto para la mujer de sufrir un nuevo episodio de violencia grave con efectos irreparables”.
En este sentido, la aplicación de una consigna policial al agresor es para “proteger el derecho a una vida libre de violencia y en particular, obtener medidas integrales de protección y seguridad, tanto urgentes como preventivas”.
Recordemos que, las tendientes a respetar la vida libre y sin violencias de mujeres y niñas, tiene como antecedente a la provincia de Salta, que fue donde se marcó un importante precedente a nivel nacional en lo que a medidas de protección a la víctima se refiera, ya que el Juzgado de Violencia Familiar y Genero N°2 de la ciudad de Salta, dispuso una cautelar para que sea la persona del agresor quien sea custodiado por personal policial.
De acuerdo con los antecedentes mencionados, se modificó la Ley Provincial N°7888 de Protección contra la violencia de género, y se incorporó como inciso S del artículo 10, el siguiente texto “imponer consigna policial fija, personal y ambulatoria al agresor denunciado, de acuerdo a lo que el fiscal o el juez considere pertinente para mayor protección de la víctima”.
Por tal motivo y con esta serie de antecedentes, la jueza Cecilia Cataldo resolvió que la consigna y custodia policial, recaiga sobre el agresor Cristian Sebastián Alves.
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