AFIP habilitó el alivio fiscal para las PyMES y las deudas de los organismos del Estado
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó una condonación de deudas fiscales que beneficia a los propios organismos del Estado. Se trata de un beneficio aprobado en el Presupuesto 2023. En el artículo 95 de la norma se dispone el gran perdón de deudas tributarias para dependencias del estado nacional, las provincias y los municipios. Entran las deudas “intraestado” hasta octubre de 2022, las que quedarán perdonadas. Se encuentran excluidos del beneficio los aportes y las contribuciones destinadas al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo. La norma que se publicó en el Boletín Oficial señala que las diferentes dependencias tendrán tiempo hasta el 31 de agosto para pedir el beneficio que incluyen los intereses punitorios y resarcitorios. “En el marco de las medidas económicas anunciadas por el Poder Ejecutivo Nacional, se estima procedente implementar nuevos planes de facilidades de pago que permitan regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2023, inclusive, sin que ello implique la reducción total o parcial de los intereses resarcitorios y/o punitorios o la liberación de las pertinentes sanciones”, indica la norma que se publicará en el Boletín Oficial este miércoles. El acogimiento al régimen podrá realizarse hasta el 29 de septiembre, inclusive. El stock de deuda a regularizar se estima que alcanza los $456.063 millones. La medida favorece a 656.121 contribuyentes, de los cuales el 48,1% son Micro y Pequeñas Empresas, el 11,5% son Medianas Tramo I y el 31,2% son Pequeños Contribuyentes y Monotributistas .
Las micro y pequeñas empresas podrán solicitar planes de entre 12 y 84 cuotas según el tipo de deuda y la tasa de financiamiento será del 3,55%. Las medianas tramo 1 entre 6 y 48 cuotas, y la tasa será del 4,73%. El resto de las empresas podrán acceder a entre 3 y 36 cuotas con tasa del 5,71%. Se trata de tasas fijas, por lo que con una inflación creciendo al 8% mensual, los importes se irán licuando. Una cuestión importante es que ninguna empresa podrá realizar operaciones de contado con liquidación ya que, si las realizan, los planes les serán declarados caducos.
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