
El Gobierno oficializó la reglamentación de la Ley N° 27.781, que establece el uso de la Boleta Única de Papel (BUP) como sistema de votación en los procesos electorales nacionales. Este cambio entrará en vigencia por primera vez en las elecciones legislativas de 2025, según lo dispuesto en el Boletín Oficial.
Principales características del nuevo sistema
La Boleta Única de Papel reemplazará el formato tradicional y reunirá en un único documento a todos los candidatos y partidos políticos. En el cuarto oscuro, los votantes tendrán dos opciones para emitir su voto:
- Marcar la lista completa para todas las categorías.
- Seleccionar candidatos de manera personalizada, marcando casilleros individuales por categoría (presidente, legisladores, etc.).
Validación y nulidad de los votos
El decreto 915/2024 establece las condiciones para determinar si un voto es válido o nulo:
- Voto válido:
- Uso de una boleta única oficializada.
- Marcas claras en los casilleros, eligiendo una opción por categoría.
- No marcar ninguna opción será considerado voto en blanco.
- Voto nulo:
- Uso de una boleta no oficializada.
- Marcar más de una opción para una misma categoría.
- Inscripciones o roturas que impidan identificar la elección del votante.
Objetivos de la Boleta Única de Papel
El Gobierno apunta a aumentar la transparencia y eficiencia del sistema electoral, simplificando el proceso y reduciendo los costos asociados al diseño, impresión y distribución de boletas partidarias.
La implementación de este sistema fue respaldada por una amplia mayoría en el Congreso, donde se destacaron sus beneficios para garantizar la equidad y seguridad en el proceso electoral.
Con esta reglamentación, el país se prepara para un cambio significativo en su sistema electoral, alineándose con prácticas utilizadas en varias democracias modernas del mundo.
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