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El Gobierno aumentó el mínimo imponible del impuesto a los autos y motos de lujo

El Gobierno aumentó el mínimo imponible del impuesto interno que se aplica a vehículos y motos de lujo. La noticia, que ya había sido anticipada, fue finalmente publicada este jueves en el Boletín Oficial por medio del Decreto 84/2024.

Vale aclarar que los montos no son sobre el precio final, sino respecto al salido de fábrica, por lo que se deben sumar otros tributos como el IVA o la comisión de la concesionaria hasta llegar al monto final que abona la persona que desea comprar un vehículo 0 km.

"La presente medida permite atender la situación económica de los sectores de que se trata e intenta adecuar las condiciones de mercado al nuevo esquema de costos de producción involucrados y los precios relativos de la economía, evitando posibles consecuencias en términos de caída de la producción y del empleo", dice el Decreto en sus considerandos.

Sube el impuesto a autos y motos de lujo: ¿cómo quedan las nuevas escalas?

El decreto dispone que los autos con un valor entre los $ 19.826.151 y los $ 36.602.126 de precio de fábrica deberán abonar un 20% sobre el total, mientras que para los que superen la cifra de $ 36.602.126 el tributo será del 35%.

"Aquellas operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea superior a dicha suma e inferior a $36.602.126 estarán gravadas con una tasa del 20%. Para el caso de que el referido precio sea igual o superior a este último monto, será de aplicación la tasa del 35%", dice el Decreto.

De este modo, un auto que por ejemplo cueste $ 38 millones, con el impuesto de 35% se elevará hasta los $ 51.300.000, sin tener en cuenta el IVA, la comisión de la concesionaria y otros gastos.

Para los motovehículos también se actualizaron los montos. Dejarán de pagar el impuesto los que tienen un precio final por debajo de los $ 6 millones. Los que superen ese valor y lleguen hasta los $ 8,5 millones, pagarán el 20%. Si lo superan, tributarán el 35% de impuesto interno.

La modificación rige desde hoy y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. La AFIP actualizará estos importes trimestralmente, a partir del mes de abril de 2024 (inclusive), considerando la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), respectivo a cada rubro en particular, que suministre el INDEC.

Impuesto al lujo: ¿qué pasa con yates y aeronaves?

El Decreto no hace mención a yates y otras embarcaciones de lujo ni a aeronaves, por lo que seguirá rigiendo el monto establecido por la gestión del expresidente Alberto Fernández.

Así, las embarcaciones continuarán con una base mínima de $ 11.020.613,12. Superado ese monto, deberán pagar un impuesto del 20%.

Para las aeronaves, el tributo seguirá siendo del 20%, sin mínimo imponible.

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