Impuesto a las Ganancias: las nuevas exenciones y qué hacer para pagar menos en AFIP
La Administración de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó a través de un comunicado que habrá algunos conceptos salariales exentos del pago del Impuesto a las Ganancias durante el presente año fiscal. Esto se aplicará además de forma retroactiva.
De acuerdo al comunicado de AFIP, no deberán pagar el impuesto a las Ganancias los bonos por productividad, los fallos de caja, los viáticos y las horas extras. El acceso a la excepción no requiere de gestión extra por parte del contribuyente. Esto significa que no debe realizarse la rectificación del F.572 web anteriormente presentado.
No obstante, los empleadores deberán reliquidar y reintegrar -en caso de que corresponda- dichas deducciones de conformidad con los topes establecidos por la Resolución General Nº 5314/2023, respecto al año fiscal 2023 inclusive, sin necesidad de intervención de los trabajadores bajo relación dependencia.
Cabe recordar que se confirmó que desde mayo rige un nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, por lo que no corresponderá retención cuando la remuneración bruta no supere los $ 506.230, inclusive.
En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada. Con estos cambios, unos 250.000 trabajadores ya no pagarían el impuesto.
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