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La ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva por poner en riesgo la salud

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del aceite de oliva producido por la marca Finca La Anita. Aseguran que pone en riesgo a los consumidores porque estaba registrado de manera ilegal.

La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial a partir de la disposición 680/2024 tras una investigación llevada a cabo por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que realizó a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA). El producto en cuestión es "Aceite de oliva, Blend Extra Virgen, marca Finca La Anita" en su presentación de 5000 cc".

En este sentido, ya que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar.

Según el artículo 3º de la Ley 28284, el artículo 3º del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) no fueron respetados por carecer de registro sanitario de establecimiento y producto, además de estar mal rotulado al exhibir en su rótulo números de registros dada de baja y pertenecientes a otra empresa.

En el documento publicado detalla: "El producto se halla en infracción por carecer de registro sanitario de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros dados de baja y pertenecientes a otra empresa, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Agrega que "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República".

"En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento".

Bodega Finca La Anita iniciará acciones legales

Bodega Finca La Anita, la empresa perteneciente al grupo suizo Origin Wine, informa que no tiene relación alguna con el "Aceite de Oliva, Blend Extra-Virgen Finca La Anita de 500 cc" que está siendo comercializado en el mercado argentino, y cuya venta fue esta semana por la ANMAT mediante resolución 680/2024.

"Aclaramos a nuestros clientes y al público en general que los que fabrican este aceite de oliva no tienen absolutamente ninguna vinculación con nuestra empresa y confirmamos que se está cometiendo el delito de uso fraudulento de marca, al utilizar nuestra marca registrada para identificar sus productos engañando así a todo el público consumidor que pudo haber creído estar comprando bajo los estándares de excelencia y calidad que la marca Finca La Anita siempre ha ofrecido" explicaron Richard Bonvin, gerente de la empresa, junto a al representante legal de la compañía.

"Iniciaremos de inmediato todas las acciones legales para hacer cesar a los responsables de dicho uso ilícito, así como también para impedir que se continúe engañando al público y finalmente que sean castigados con todo el peso de la ley" añadió el abogado.

Antecedente cercano contra otro aceite de oliva

Tras la denuncia de un consumidor, el pasado 22 de diciembre la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento, comercialización y consumo de una marca de aceite de oliva. Esto es porque no cumplía con los requisitos mínimos para garantizar su autenticidad.

Esta definición se puede leer en detalle en la resolución 11296/2023 del Boletín Oficial de la Nación, producto de una investigación que inició por la advertencia de un particular sobre la autenticidad de un aceite de oliva. Al ser analizada la información se confirmó que el producto estaba falsamente rotulado y por eso se lo considera ilegal.

Se trata del "Aceite de Oliva Calidad Premium, marca Arauco - 1000 cc. RNE: 24589668 - RNPA: 24555178, Elaborado por Agroverde R 60 Km 170 - Estación Mazan, La Rioja, Fecha de elaboración Febrero 2023 - Vencimiento 24 meses". En la investigación, en la que intervino el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), se detectó que los datos que se leían en el producto eran inexistentes.

Esto es que, según pudieron verificar en el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) los datos exhibidos en el rótulo del producto, no se encontraban autorizados, es decir, eran inexistentes.

Ante esta situación, la ANMAT resolvió: "Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto: ‘Aceite de Oliva Calidad Premium, marca Arauco, RNE: 24589668 - RNPA: 24555178, Elaborado por Agroverde R 60 Km 170 - Estación Mazan, La Rioja’, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

En la misma resolución destacan la prohibición de la "comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 24589668 y RNPA N° 24555178, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales".

Pero esta no fue la primera vez que se prohíbe la elaboración y consumo de un aceite, hace aproximadamente cuatro meses, en otra disposición de la ANMAT (7834/2023), se prohibió el "Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950 Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.", ya que el mismo "no cumpliría con la normativa alimentaria vigente", al mismo tiempo que su RNE (Registro Nacional de Establecimiento) y RNPA (Registro de Producto Alimenticio) exhibidos en el rótulo del envase eran inexistentes.

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