La Secretaría de Energía determinó una suba del 204% promedio en los precios máximos de referencia de las garrafas de 10, 12 y 15 kilos comprendidas en el Programa Hogar, tanto para fraccionadores, distribuidores y la venta al público, a través de la Resolución 11/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Además, se estableció que los cupos y aportes "serán asignados por la autoridad de aplicación en forma trimestral" en vez de anual, como se estableció originalmente en 2015, cuando comenzó a regir el programa para los sectores socialmente vulnerables que no cuentan con servicio de gas natural por red.
El monto del subsidio por garrafa del Programa Hogar está fijado en $1778 promedio y varían según la zona del país. El valor de la garrafa social de 10 kilos, por ejemplo, es en Buenos Aires de $1539, en CABA de $1788, en Córdoba de $1773, en Corrientes de $2107, en Entre Ríos de $1794, en Jujuy de $2051, en Mendoza de $1639.Con el incremento dispuesto, los precios máximos de referencia para la venta al público de las garrafas pasaron a ser para la de 10 kilos de $4.752, un alza del 204,48%, para la de 12 kilos de $5.701, un aumento del 203,57% y para la de 15 kilos de $7.126, una suba del 204,40%.
En el caso de los fraccionadores, los precios pasaron a ser de $2.579 en la garrafa de 10 kilos, un ajuste del 204,48%, $3.090 en la de 12 kilos, un incremento del 204,13% y $3.866 en la de 15 kilos, un alza del 204,41%.
En cuanto a los distribuidores, los aumentos fueron de 204,44% para la garrafa de 10 kilos, que pasó a costar $ 4.524, de 203,57% para la de 12 kilos, que ahora sale $5.429 y de 204,49% para la de 15 kilos, que está disponible a $6.787.
Mientas que tanto el precio del butano como el del propano será de $137.838 por tonelada, lo que implica una suba del 153,95% y del 204,42%, respectivamente, en relación a los valores determinados en agosto.
El Programa Hogar lo pueden solicitar todos los hogares sin conexión a la red de gas natural pueden solicitarlo siempre y cuando sus ingresos sean inferiores a:
- 2 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
- 3 salarios mínimos si alguno de sus integrantes posee Certificado de Discapacidad.
- 2,8 salarios mínimos si residen en las zonas más frías del país.
- 4,2 salarios mínimos si residen en las zonas más frías del país y alguno de sus integrantes posee Certificado de Discapacidad.
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