En tal caso, el pasajero o pasajera tiene que conservar el pasaje y el ticket que fue entregado al momento de despachar el equipaje (marbete) y hacer el reclamo a la empresa dentro de las 24 horas de finalizado el viaje.
A su vez, deberá realizar la denuncia en la CNRT a través del portal control.cnrt.gob.ar o llamando al 0800-333-0300, donde se le realiza un seguimiento por la Gerencia de Calidad y Prestación de Servicios a cargo de Katherina Stickel, y la empresa tiene cinco días corridos para dar respuesta al reclamo (Art. 6º inc. D de la Res. S.T. N° 47/95).
La persona debe conservar esa documentación hasta que el equipaje sea devuelto en perfecto estado o hasta que la empresa indemnice con el monto previsto por las normas. Si la empresa no ofrece una respuesta satisfactoria transcurrido ese plazo, la CNRT interviene en segunda instancia e intima a la empresa para que indemnice al usuario o usuario. El monto previsto para enero, febrero y marzo del 2023 es de $93.254,56 (Res. ST 47/95 y su modificatoria Res. 212/2002)
En lo que va del año se registraron 24 denuncias por este motivo y se encuentran en tramitación. En Retiro (Buenos Aires) se registraron 11, Rosario 4, Santa Fe 2, Puerto Madryn (Chubut) 1, San Nicolás de los Arroyos 1, Bahía Blanca 1, Miramar 1, Corrientes 1, Río Cuarto (Córdoba)1, Terminal Dellepiane (Buenos Aires) 1.
¿Existe alguna limitación con respecto a los objetos que pueden ser despachados como equipaje?
Solamente se pueden despachar equipajes de hasta 15 kilogramos de peso; todo excedente será arancelado. No obstante, es recomendable que no despachen objetos frágiles ni equipamientos electrónicos, dado que los equipajes son acondicionados en la bodega del vehículo en bulto cerrado; por lo que no es seguro que se tomen los recaudos para evitar deterioros de objetos de esas características.
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