
Hasta el momento, no se han anunciado nuevos aumentos salariales para el sector de trabajadoras de casas particulares. Por lo tanto, los salarios vigentes se mantendrán sin modificaciones en el próximo mes.
Es importante destacar que el 3 de abril se conmemora el Día de las Empleadas Domésticas, fecha establecida en reconocimiento a la promulgación de la Ley 26.844 de Trabajo en Casas Particulares, sancionada en 2013. La normativa define esta actividad como “toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad”.
Al tratarse de una jornada no laborable, si el empleador requiere el servicio ese día, deberá abonar el doble de la tarifa habitual, de acuerdo con la legislación vigente en Argentina.
Sobre la situación salarial del sector, el tributarista Sebastián Domínguez advirtió que los aumentos vienen "muy retrasados" y sostuvo que "la política del gobierno sería que empleado y empleador negocien porque no se puede mantener el mismo valor aun con baja inflación".
Cabe recordar que, según datos oficiales, la inflación en enero fue del 2,2% y en febrero del 2,4%. Para marzo, se proyecta un índice cercano al 2,5%, impulsado principalmente por el aumento en alimentos y bebidas.
La normativa vigente establece que en determinadas zonas del país se debe aplicar un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos, beneficiando al personal que trabaje en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como en el Partido de Patagones (Provincia de Buenos Aires).
Además, cuando el trabajador realice horas extras, el empleador deberá pagar un recargo del 50% sobre el salario habitual en días comunes y un 100% en jornadas de sábado después de las 13 horas, domingos y feriados.
Por otro lado, también se encuentra vigente el adicional por antigüedad, el cual equivale al 1% por año trabajado y se aplica sobre los salarios mensuales, sin importar la categoría o el tipo de relación laboral. Este concepto debe figurar en los recibos de sueldo bajo un ítem específico para su correcta identificación.
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