La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía se expidió respecto a las adhesiones al subrégimen textil y decidió excluir a cinco empresas que incumplieron con los requisitos establecidos en el Decreto 594/23 y no podrán gozar los beneficios impositivos y aduaneros que concede el régimen especial.
El Decreto contempla la prórroga del Subrégimen Textil de Tierra del Fuego hasta el año 2028. Once empresas textiles se inscribieron para gozar de las ventajas fiscales que proporciona el sistema. Entre los principales beneficios se encuentran las exenciones del Impuesto a las Ganancias, del Impuesto al Valor Agregado, de los derechos de importación, de los Impuestos Internos y de otros impuestos nacionales que pudieran crearse en el futuro.
De las once empresas inscriptas, cinco no cumplieron con las obligaciones necesarias para adherir al régimen. Uno de los requisitos omitidos es la acreditación de origen, un procedimiento que certifica que las telas fabricadas pasaron por el proceso productivo reglamentado en el subrégimen.
Para poder adherirse a la prórroga del régimen especial fiscal y aduanero, toda empresa debía cumplir con los requisitos previstos en el Decreto 594/23 que son: la renuncia expresa a juicios futuros contra el Gobierno Nacional; la
renuncia a juicios futuros contra el Gobierno Provincial; no poseer causas
judiciales en trámite por dicho motivo; la acreditación de origen de sus productos en el último año y la acreditación de cumplimiento de obligaciones tributarias y previsionales.
Las empresas excluidas por incumplir con al menos una de estas condiciones tendrán que restituir al Estado el beneficio otorgado desde el 1 de enero de 2024.
Hasta ahora, los beneficios fiscales de la industria textil del subrégimen de
Tierra del Fuego representan un costo anual aproximado de 20 mil millones de pesos. Las cinco empresas que fueron desafectadas representan el 80% del volumen productivo total.
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