Dado a que el pasado 29 de diciembre el Poder Ejecutivo emitió el decreto de promulgación de la ley que declaró necesaria la reforma de 70 de los 211 artículos que conforman la Carta Magna Provincial, por lo cual a partir del 29 de diciembre del 2023 comenzó a retroceder el plazo máximo de 210 días que la Legislatura le fijó al Gobernador para que efectué el llamado a elección al cuerpo de convencionales que deberán asumir la responsabilidad de resolver sobre la potencial modificación la Constitución de Tierra del Fuego.
En ese marco, en la última sesión ordinaria que se llevó adelante en el 2023, que fue antes de la asunción de los actuales integrantes del parlamento provincial y que contó con el voto favorable de los legisladores Federico Greve, Mónica Acosta, Daniel Rivarola, Emanuel Trentino, Ricardo Furlan, Federico Bilota, Myriam Martínez, Laura y Jorge Colazo, Federico Sciurano y por otro lado, la negativa de Pablo Villegas, Damián Löffler, Victoria Vuoto y Liliana Martínez Allende, la Legislatura aprobó, sin análisis ni debate previo, el proyecto del partido de Gobierno que plantea introducir cambios en los artículos referidos a la Forma de Gobierno, Límites, Capital, Presupuesto, Coparticipación, Legislatura, Tribunal de Cuentas, Fiscalía de Estado, Régimen Electoral, Régimen Municipal, entre algunos.
Cabe señalar que, actualmente la vigente Constitución determina en el artículo N°193 que “declarada la necesidad de la reforma total o parcial, el Poder Ejecutivo, sin formalidad ulterior, convocará a la elección de Convencionales”, por lo cual deberá “publicar durante 30 días corridos en los medios masivos de comunicación de la Provincia junto con la fecha en la que se elegirán los convencionales”, articulo que todavía no ha sido cumplido, ni mucho menos formalizado.
De acuerdo con la Ley N°1529, el Ejecutivo cuenta con un plazo de 210 días para convocar a elección de convencionales, plazo que caduca a fines del mes de octubre.
Es por ello que los 15 convencionales deberán comenzar a sesionar en Ushuaia dentro de los 10 días posteriores a que la Justicia Electoral los haya proclamado, y su único objetivo será considerar las reformas al texto constitucional fijados en la ley de declaración, por lo que contaran con un plazo máximo e improrrogable de 60 días hábiles para concluir con su cometido.
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