A partir de las nuevas medidas anunciadas por el gobernador Gustavo Melella, Tierra del Fuego adhiere a las penalidades establecidas por un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Alberto Fernández. Según los códigos 205 y 239 del Código Penal, quienes violen el aislamiento podrán ser denunciados y podrían recibir hasta dos años de prisión.
El artículo 239 establece que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal\".
El artículo 205 (delitos contra la salud pública) dice que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia\".
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