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Migraciones dio a conocer los tres nuevos requisitos para la frontera

Debido a la pandemia y a la necesidad de la reunificación familiar por estas fiestas de fin de año, la Dirección Nacional de Migraciones dio a conocer los tres nuevos requisitos ineludibles que se deben tramitar para salir de la Isla, como asimismo la nueva disposición –publicada el lunes en el Boletín Oficial de la Nación- para los extranjeros no residentes en el país que deban hacerlo, justificando dicho ingreso con razones atendibles.

 Ariel Rodríguez, flamante Jefe de la Oficina de Migraciones, detalló las nuevas disposiciones que ha implementado la repartición nacional en relación a los ingresos y egresos de la Isla Grande de Tierra del Fuego.

“En cuanto a las disposiciones para salir de la Isla hay tres requisitos que se deben cumplir, uno de ellos es el Permiso de Circulación Nacional que se debe tramitar en la página web www.argentina.gob.ar ; el otro es la Declaración Jurada de Ingreso y Egreso de Migraciones que también se tramita vía web a través de la página www.argentina.gob.ar/interior/migraciones ; y el tercer requisito es una declaración jurada que piden en Chile que bien se puede llenar en la frontera o bien con un máximo de 24 horas antes del viaje, los vecinos y vecinas pueden ingresar a la página www.c19.cl para ya llevarlo hecho y ahorrarse así tiempo en el paso fronterizo”.

En este sentido, el funcionario nacional recomendó llevarlo ya hecho hacia la frontera.

También observó que “la frontera funciona desde las 8 hasta las 20 horas, con la salvedad de que vehículos particulares la salida está habilitada hasta las 14:30 horas. Esto es porque en las fronteras en Chile –por toda esta situación de pandemia- son menos los trabajadores que están en funciones y también porque no quieren que queden vehículos dentro del territorio chileno”.

Los demás requisitos son los habituales que se piden siempre, documentación de las personas, del vehículo y si son menores, los permisos correspondientes.

Los que ingresan al país

“La otra novedad es para los que ingresan al país. Se ha publicado ayer (por este lunes) en el Boletín Oficial una disposición nueva en donde la Dirección Nacional de Migraciones, en pos de garantizar el derecho a la reunificación de las familias es que se va a permitir por los pasos fronterizos a aquellos extranjeros no residentes en el país, pueden hacerlo siempre que justifiquen el por qué de dicho ingreso”, explicó Ariel Rodríguez.

También aclaró que el paso Bella Vista en Radman no está habilitado.

La nueva disposición se puede leer en el siguiente link:

www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/237884/20201130

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