Lo hicieron mediante el Decreto Provincial 468/20, en donde estipulan que queda suspendida la realización de toda actividad industrial, comercial, recreativa y deportiva tanto pública como privada, a excepción de lo dispuesto en el presente protocolo. Esto incluye la actividad turística (museos, excursiones, etc.).
En tanto, los bares, restaurantes, y todo otro local comercial de elaboración y/o venta de comidas con permanencia o sin permanencia de ingesta de alimentos en el local, sólo podrán mantener abiertos sus comercios para la preparación y venta de alimentos bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia en el mismo. En el caso de los restaurantes habilitados dentro de todo tipo de alojamiento, sólo se podrá brindar el servicio a los pasajeros hospedados en el mismo con la modalidad de servicio a la habitación.
Los supermercados y comercios de venta de alimentos deberán establecer horarios especiales para la atención de los grupos de riesgo, y reducir en un cincuenta (50) por ciento la capacidad habilitada de personas dentro del local.
Compartinos tu opinión