Ante la creciente actividad en ese rubro, el subsecretario de Comercio de la provincia, Jaime Alderete, afirmó que solo motos y bicicletas están habilitadas para hacer deliverys en Río Grande. Solicitó al Concejo Deliberante que se regule y se controle como corresponde.
“El delivery es una actividad netamente municipal que tiene que estar normada por el Concejo Deliberante y aprobada por el ejecutivo municipal. Hay una Ordenanza la 2622 del 2008 que refiere a los deliverys de bicicleta, motos y vehículos a fines, no autos” afirmó Alderete a Minuto Fueguino.
“Es necesario que se lleve adelante un proyecto de ordenanza para que se regule y se controle como corresponde; con todos los requisitos que se les tiene que pedir al conductor, con certificado psicofísico y los controles sobre el auto; tienen que tener controles sanitarios al transportarse alimentos y la desinfección del vehículo”, enumeró.
Además, insistió: “No hay ordenanza que norme el trabajo de los deliverys de auto en la ciudad. Este es un llamado para que las autoridades competentes trabajen sobre el tema” culminó.
En relación a los Ordenanza 2622 del año 2008, nombrada por el funcionario, en su artículo primero regula: “toda aquella actividad que comprenda el traslado de alimentos, mercaderías o la realización de trámites, conocidas como “delivery”, realizada a través de motos, motocicletas y/u otros vehículos similares, con personal propio o contratado”.
También establece que estas son las documentaciones con las que deben contar los vehículos son:
Habilitación Municipal del comercio, CUIT y tipo de mercadería a transportar o trámites a realizar.
Nombre y apellido del repartidor/cadete, DNI y licencia de conducir.
Título de propiedad del vehículo a utilizar por el servicio. En caso de no ser del propietario, consentimiento expreso del mismo.
Póliza del seguro del vehículo. Obligatoriamente deberán presentar seguro de responsabilidad civil.
Y, por otro lado, también exige estos requisitos al conductor:
Credencial habilitante y obleas identificatorias del vehículo.
Licencia de conducir y seguro de vehículo.
Chaleco o pechera de seguridad de deberá ser reflectiva conteniendo el número de carnet en forma visible.
Cumplir con todas las normas que se prevén en las Leyes y Ordenanzas vigentes y por sus mofificatorias que se pudieran producir en el futuro.
Exhibir el nombre de la empresa o titular para la que trabajan.
Ser mayor de 16 años
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