Habida cuenta del sistema que rige en la capital provincial, el orden de los nombres no altera el resultado final, dado que hay sistema de preferencias, por lo que cualquier candidato podría quedarse con una ansiada banca en la nueva constituyente.
Desde el Juzgado Electoral señalaron que 63 mil serán los ciudadanos en condiciones de votar el 15 de mayo a las urnas para elegir a los 14 Convencionales Titulares y 7 Suplentes que conformarán la Constituyente de Ushuaia.
Más de 63 mil personas habilitadas para votar
Este domingo desde la 8 a las 18, serán elecciones de Convencionales para reformar la Carta Orgánica Municipal de Ushuaia, para lo que se deberán elegir 14 titulares y 7 suplentes de las fuerzas políticas presentadas. Las personas deberán elegir una lista entre las presentadas por los distintos partidos políticos o alianzas que participan, bajo el sistema de preferencias, para lo cual la autoridad de mesa hará entrega de un sobre una lapicera de color.
El padrón definitivo del electorado lo conforman 63.229 personas residentes en Ushuaia, de las cuales 3.069 al día de la elección tienen entre 16 y 18 años, inclusive.
Las personas deberán elegir una lista entre las presentadas por los distintos partidos políticos o alianzas que participan, bajo el sistema de preferencias, para lo cual la autoridad de mesa hará entrega de un sobre una lapicera de color.
Una vez en el cuarto oscuro, la persona podrá marcar su preferencia, con una cruz dentro del recuadro que antecede el nombre de los titulares de la lista elegida. Se puede hacer entre uno o todos los candidatos titulares con la lapicera de color que entregue la autoridad de mesa. Si la preferencia se efectúa con una lapicera distinta a la que entrega la autoridad, será invalidada.
Consulta padrón
A través del link https://webpadron.justierradelfuego.gov.ar/consultar, ingresando el número de DNI se podrá consultar el padrón. Allí figuran los datos del elector/a, colegio, número de mesa y orden, y un mapa con la ubicación -mediante la aplicación Google Earth- del establecimiento donde se vota.
Documentos válidos para votar
Los documentos válidos para votar son libreta cívica o de enrolamiento, o en cualquiera de sus formatos: verde, celeste y la tarjeta plástica, aun cuando lleve impresa la leyenda no valido para votar.
Para votar se puede presentar un ejemplar igual o posterior al que consta en el padrón, no se podrá votar con un documento de identidad anterior.
Ver vídeo https://bit.ly/3kWLxot
Cuarto Oscuro Accesible
Las personas que presenten alguna limitación o discapacidad permanente o temporal, perceptible o no, tendrán garantizadas las medidas de accesibilidad electoral para votar.
Por ello, el Juzgado Electoral dispuso que en cada establecimiento haya una mesa cercana al lugar de ingreso que funcionará como un Cuarto Oscuro Accesible (COA).
Se puede solicitar al delegado electoral el uso del COA para que le de aviso a la autoridad de mesa, quien verificará la identidad de la persona y la inclusión en el padrón, previo a entregar el sobre de votación.
Ver vídeo https://bit.ly/3FEKJhx
Centros de votación
Para estas elecciones, se dispusieron 210 mesas habilitadas para emitir el voto que estarán distribuidas en 30 centros de votación:
Colegio Don Bosco (San Martín 936); Escuela Nº 1 “Domingo Faustino Sarmiento” (Maipú 697); Centro Polivalente de Arte (Leandro N. Alem 15); Escuela Nº 16 “Dr. Arturo Mateo Bas” (Antonio Isorna 690); Instituto de Enseñanza Superior IPES (Gobernador Deloqui 237; Colegio Monseñor Alemán (Onas 767); Escuela Nº 13 “Alte. Guillermo Brown (Gobernador Paz 1811); Escuela Nº “Oshovia” (Leandro N. Alem 2021); Escuela Técnica “Olga B. de Arko” (Gobernador Paz 1693); Escuela Nº 3 “Monseñor Fagnano (12 de octubre 383); Escuela Nº 34 “Yak-Haruin” (12 de octubre 371); Escuela Nº 24 “Juan Ruiz Galán” (Puerto Español 594); Escuela Nº 9 “Cmdte. Luis Piedrabuena” (Río Grande 66); Universidad Nacional Tierra del Fuego (Yrigoyen 879); Escuela Nº 22 “Bahía Golondrina” (Constitución Fueguina 951); Colegio del Sur (Leandro N. Alem 3281); Escuela Nº 31 “Juana Manso” (Leandro N. Alem 3902); Escuela Nº 48 (11 de septiembre s/n); Colegio “María Eva Duarte de Perón” (De la Estancia 2951); Colegio Nacional Ushuaia (del Monte 1850); Escuela Nº 41 “Mario Benedetti” (Bahía de los Abrigos 3050); CIEU “Libertador Gral. San Martín” (Perito Francisco Moreno 1415); Colegio Ernesto Sábato (Facundo Quiroga 1780); Escuela Nº 15 “Centenario de Ushuaia (Ricardo Balbín 2535); Escuela Nº 47 (Cabo San Pio 661); Gimnasio “La Cantera” (Soberanía Nacional 2468); Colegio “Los Andes” (Felipe Romero 205); Escuela Nº 39 “Mirador del Olivia” (F. Romero y Pioneros Fueguinos); Escuela Rural N°6 “Provincia de Entre Ríos” (Ruta KM 3000), y Detenidos Ushuaia (Centro de Detención Ushuaia”.
¿Cuál es la documentación válida para justificar?
Estudiantes fuera de la provincia (certificado de alumno regular); más de 500 kilómetros (constancia policial en cualquier comisaria, pasaporte sellado, pasajes o tarjetas de embarque); salud (certificado médico); otros (documentación fehaciente que acredite la imposibilidad de votar).
La documentación deberá enviarse, con copia del DNI, a la casilla de correo justificació[email protected] dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección.
Prohibiciones
Quedan prohibidos los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresa o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos, o por cualquier otro medio, así como la propaganda proselitista desde 48 horas antes de la iniciación del Acto Electoral.
Además, ofrecer o entregar al electorado boletas de sufragios dentro del radio de 80 metros de los lugares habilitados para sufragar.
También, admitir reuniones de electorado durante las horas en que se desarrolle el Acto Electoral, a todo propietario o inquilino que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de los lugares habilitados para sufragar.
Los espectáculos populares al aire libre o en recinto cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieren a al Acto Electoral.
Tener abiertas las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase, desde las 0 horas del día del Acto Electoral y hasta pasadas las 3 horas de la clausura del mismo. Durante el lapso indicado, los comercios deberán colocar un cartel con la leyenda “Día de comicios-Prohibida la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas”.
La publicación o difusión de sondeos, encuestas o estudios de opinión referidos al Acto electoral, por cualquier medio de difusión, desde 48 horas antes de la iniciación del acto electoral hasta la finalización del mismo. Que resulta razonable modificar el tiempo estipulado por la norma local, extendiéndolo hasta tres horas después del cierre del acto electoral.
Integración Junta Electoral Municipal
La Junta Electoral Municipal de Ushuaia quedó constituida el pasado 16 de marzo, según lo establecido en el cronograma electoral, y es presida por el juez del Juzgado de Primera Instancia Electoral, Dr. Isidoro Aramburu e integrada por el vocal de la Sala Civil, Comercial y del Trabajo de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Sur, Dr. Aníbal Acosta; el Fiscal Mayor del Distrito Judicial Sur, Dr. Eduardo Urquiza; la secretaria del Juzgado Electoral, Dra. Mariel Zanini; la vecina Andrea Anabel Cabrera y el vecino Cristian Santiago López.
La multa por no ir a votar el domingo costará $1.600
El Juzgado de Primera Instancia Electoral de Tierra del Fuego informa que la multa por no ir a votar este domingo 15 de mayo, en las elecciones extraordinarias de Convencionales Constituyentes de Ushuaia, ascenderá a la suma de $1600. Se aclara que la no emisión del voto injustificada dentro de los 60 días corridos desde la respectiva elección encuadrará en la falta electoral, bajo apercibimiento de la imposición de multa al elector.
El Juzgado de Primera Instancia Electoral de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur informó que la multa por no ir a votar este domingo 15 de mayo, en las elecciones extraordinarias de Convencionales Constituyentes, ascenderá a la suma de $1.600.
El monto de la multa por la no emisión del voto fue aprobado por la Junta Electoral Municipal de Ushuaia y quedó especificado en el Acta Nº 4 rubricada el 8 de abril de 2022.
En el documento se aclara que la no emisión del voto injustificada dentro de los 60 días corridos desde la respectiva elección, encuadrará en la falta electoral del art. 117 de la Ley 201, bajo apercibimiento de la imposición de multa al elector.
Ese monto equivale a un jornal básico que ascienda a la suma de $1600 y se suma al resto de las sanciones administrativas impuestas por la ley.
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