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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de una serie de especialidades medicinales por incumplimientos de la Ley de Medicamentos.
La Disposición 9148/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial establece: "Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de las especialidades medicinales rotuladas como: Dasatixane/Dasatinib: Lote DD0003A (20mg) Vto. 05/2022, Lote DD0003B (50mg) Vto. 05/2022, Lote DD0003C (70mg) Vto. 05/2022 y, Lote DD0003D (100mg) Vto.05/2022".
En los considerandos se indicó que el caso se inició a partir de una acción dispuesta por la Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgo tras una solicitud de retiro de productos del mercado de la firma ECZANE PHARMA SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.) sugerido por el Servicio de Inspecciones Reguladoras-Asuntos Nacionales.
En este contexto, una comisión inspectora del INAME (Instituto Nacional de Medicamentos) llevó a cabo un procedimiento de verificación de “Buenas Prácticas de Fabricación para Elaboradores, Importadores/Exportadores de Medicamentos".
Según informó el organismo de control en el marco de la inspección se detectaron "incumplimientos a Ley Nº 16463, y a las normas de Buenas Prácticas de Fiscalización". Además se cuestionó al laboratorio por la "falta de garantía de calidad y cumplimiento de Buenas Prácticas de Fabricación en el manejo de los reprocesos".
Asimismo en la disposición se ordena a Eczane Pharma S.A. el recupero del mercado de todas las unidades de los lotes del producto cuestionado al tiempo que exige el cumplimiento de las disposiciones de la ANMAT.
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