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Monotributo: la razón por la que pueden sancionarte y no sabías

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece ciertos requisitos y obligaciones impositivas que los monotributistas deben cumplir para evitar la exclusión al régimen tributario.

En el caso de no cumplir con las exigencias establecidas en la inscripción del Régimen General, los contribuyentes de esta categoría podrán ser sometidos a distintos tipos de sanciones y multas.

¿Qué es el monotributo?

El monotributo es un régimen simplificado y unificado para pequeños contribuyentes. Esto permite que el comerciante o prestador de servicio, con un único pago al mes, cumpla con sus obligaciones con el fisco y la seguridad social.

En qué consta el monotributo

  • Impositivo: contempla una porción de IVA y Ganancias unificados.
  • Aportes jubilatorios: este ítem no lo pagan los monotributistas que además son empleados en relación de dependencia, ya que se hace cargo de esto el empleador.
  • Obra social.

Las exigencias que impone AFIP para poder ser monotributista en 2023

Si bien el monotributo se creó para simplificar las pequeñas empresas, en realidad no es tan simple como parece. Se deben considerar muchos factores además de tener cuidado de no violar ningún parámetro.

Estas son las exigencias que establece AFIP para no excluirte del monotributo:

  • Si vendés productos, tus ingresos brutos anuales no pueden superar los $ 8.040.721,19. Además, el precio máximo por unidad (precio unitario declarado en la factura) no puede superar los $ 85.627,66.
  • Si prestás servicios, tus ingresos brutos anuales no pueden superar los $ 5.650.236,51.
  • No tenés que haber realizado importaciones en los últimos 12 meses

Recategorización del monotributo

La recategorización del monotributo es la evaluación que deben realizar los contribuyentes dos veces al año para saber si se mantienen en la misma categoría. La primera se realiza en enero donde aumenta el valor de la cuota y la otra en junio.
Este balance se realiza comparando sus parámetros de ingresos brutos acumulados, energía eléctrica consumida, alquileres devengados y/o superficie afectada en la actividad de los últimos 12 meses.

Los motivos de exclusión del monotributo:

  • La suma de sus ingresos brutos excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
  • La superficie o costo de alquiler superan los máximos establecidos por la categoría máxima disponible.
  • Se supera el precio máximo unitario de venta.
  • Adquirió bienes o realiza gastos personales por un valor superior a los ingresos brutos admitidos por la categoría máxima disponible.
  • Sus depósitos bancarios son superiores a los ingresos brutos admitidos por la categoría máxima disponible.
  • Si realizó importaciones de bienes o servicios durante los últimos 12 meses.
  • Realiza más de 3 actividades simultáneas o posee más de 3 unidades de explotación (locales).
  • Realiza prestaciones de servicios y se categorizó como si realizara venta de productos.
  • Hubiera realizado operaciones sin haber facturado.
  • El valor de las compras más los gastos del desarrollo de la actividad durante los últimos 12 meses suman igual o más del 80%, en el caso de venta de productos, o más del 40% cuando se trate de prestación de servicios, de los ingresos brutos máximos establecidos para la categoría máxima disponible para cada caso.
  • Está incluido en el registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).

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