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“La medida intentada por Chile pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental argentina y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos, espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”, indicó la Cancillería en un comunicado.
![El mapa con plataforma continental austral de Chile, según el decreto presidencial de Piñera](https://www.infobae.com/new-resizer/Ab50Kx_lztNXvhGdLU6DuoIBSEc=/420x236/filters:format(jpg):quality(85)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/infobae/FVMURXR5DNC2XFUEYKVHKCRBXA.jpg%20420w)
“Hay una sobreposición respecto a la plataforma que ha declarado Argentina al sur del punto F (zona de una superficie de alrededor de 25 km cuadrados) de aproximadamente 5 kilómetros cuadrados. Existe una superposición entre lo que Chile declara y lo que declara Argentina”, precisó el mandatario chileno, al tiempo que aseguró que buscará “caminos de diálogo” para buscarle una solución al conflicto.
Por otra parte, el canciller chileno, Andrés Allamand, afirmó que “nadie se apropia de lo que le pertenece” y destacó que “la zona señalada, la llamada plataforma continental jurídica, que llega hasta las 200 millas, le pertenece a Chile de pleno derecho desde el principio simplemente porque tenemos la calidad de Estado ribereño”.
En una declaración oficial en La Moneda (sede presidencial), Allamand sostuvo que “hay una continuidad histórica en la posición y en el planteamiento chileno” e indicó que en el año 2009, cuando la Argentina formuló su petición de una medialuna de plataforma continental extendida al sureste del punto F, “Chile señaló que esa pretensión era inoponible e hizo reserva de sus derechos”.
Lo mismo hizo en 2016, “cuando la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de Naciones Unidas se pronunció respecto de esta pretensión argentina”, y en 2020, “cuando la Argentina estableció legalmente a través de una ley en su Congreso los límites de la plataforma continental extendida”, agregó.
La medida publicada ayer en el Boletín Oficial chileno, fechada el pasado 23 de agosto, expone una superposición en la delimitación territorial de soberanía de ambos países, lo que oficializa un nuevo diferendo territorial con la nación trasandina. “Esta medida pretende proyectar la plataforma continental al Este del meridiano 67º 16´ 0, lo cual claramente no condice con el Tratado de Paz y Amistad celebrado entre ambos países en 1984”, argumentó la Cancillería argentina.
En esa línea, precisó que “el límite exterior de la plataforma continental argentina en esta zona se refleja en la Ley Nacional 27.557, aprobada el 4 de agosto de 2020 por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo el 24 de agosto de ese mismo año”.
“Dicha ley no hace sino recoger en una norma interna la presentación oportunamente efectuada por el Gobierno argentino sobre dicha zona ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC)”, agregó el escrito.
![Visualización del mapa chileno sobre el Mar Austral y el punto de conflicto](https://www.infobae.com/new-resizer/c0ZDzonnNUNAaDnkJqv7FB1Yj2U=/420x420/filters:format(jpg):quality(85)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/infobae/TYEET43QEFGX7FEGWWZPI5HGJY.jpg%20420w)
La Comisión de Límites de Plataforma Continental, un organismo creado por la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (CNUDM), se encarga de revisar los datos presentados por los estados sobre la determinación de los límites exteriores de la plataforma continental cuando esta se extiende más allá de las 200 millas marinas.
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