La Sala Civil de la Cámara de Apelaciones revocó una sentencia del Juzgado de Familia 2, que había cesado el pago de la cuota alimentaria provisoria a cargo de un padre por la falta de empleo registrado y sus bajos ingresos. Los jueces Aníbal Acosta y Daniel Alejandro Sacks recordaron que el argumento de insuficiencia económica no puede ser una excusa válida para evadir la responsabilidad.
En su resolución, los magistrados subrayaron que "todo progenitor debe realizar los máximos esfuerzos que resulten necesarios, efectuando trabajos productivos", y que la falta de ingresos suficientes no exime al padre de su obligación alimentaria, salvo en casos extremos. En esta línea, indiquen que si los ingresos del progenitor no alcanzan para cubrir la cuota alimentaria, deberán redoblar esfuerzos para cumplir con
El caso en cuestión involucraba al padre de dos hijas, quien estaba obligado a pagar una cuota de $15.000. Sin embargo, esta cifra era cumplida de manera irregular, argumentando la falta de empleo. En respuesta a una apelación, los jueces consideraron que esa suma era insuficiente, teniendo en cuenta los gastos de manutención.
Además, los magistrados destacaron la importancia de proteger los derechos de los menores, considerando el impacto de la inflación en los ingresos familiares. En ese sentido, dispusieron un mecanismo de ajuste semestral por Índice de Precios al Consumidor (IPC), asegurando que la cuota alimentaria pueda mantenerse en términos reales frente a la pérdida de poder adquisitivo.
El fallo establece un precedente en la protección de los derechos alimentarios, reconociendo que las obligaciones parentales no pueden ser eludidas bajo argumentos económicos, y refuerza la necesidad de garantizar la estabilidad financiera de los hijos en un contexto de alta inflación.
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