El Gobierno estableció este miércoles la eliminación de los 18 años como límite de edad para que los hijos de los veteranos de la Guerra de Malvinas participen en la percepción del beneficio de la pensión luego de que el excombatiente haya muerto.
La medida se oficializó a través del Decreto 595/2023, que fue publicado en la última edición del Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández y todos los ministros que conforman su Gabinete.
Esta modificación, oficializada a cuatro días del balotaje y en medio de la campaña electoral, había sido adelantada este miércoles por Sergio Massa, candidato presidencial de Unión por la Patria, durante un acto homenaje a las víctimas del submarino ARA San Juan, a seis años del día en que se perdió contacto con la nave.
“Hemos firmado el decreto que hace legítimos hereditarios a los hijos y convivientes de aquellos que combatieron en Malvinas para garantizar no solamente honrar su memoria, sino que el derecho ganado en combate sea respetado en términos hereditarios para todas las familias de los héroes de Malvinas”, expresó el líder de la cartera de Economía.
De todas maneras, la normativa establece una diferencia importante en relación a las declaraciones de Massa, porque menciona únicamente a los hijos de veteranos, que luego de cumplir los 18 años podrán "participar en la percepción de la pensión" pero sólo "a falta de viuda, viudo o conviviente con derecho a ella y otros hijos o hijas menores o con discapacidad”.
Es decir que sólo estaría habilitado a recibir la Pensión Honorífica si el excombatiente, al momento de morir, no estuviera casado, no conviviera con alguien y no tuviera hijos menores o hijos con discapacidad.
En específico, el monto del beneficio es equivalente "a la suma de tres veces el haber mínimo de las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones".
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