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Gremio de pilotos debe anunciar huelgas con cinco días de anticipación

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ha tomado una decisión importante respecto a la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), permitiendo que el gremio de pilotos notifique al Estado Nacional y a las aerolíneas sobre sus paros y medidas de fuerza con un mínimo de cinco días de anticipación. Esta resolución se enmarca en un litigio relacionado con la legalidad de dos decretos emitidos por el gobierno nacional que consideran el sistema de aeronavegación como un servicio esencial.

Los decretos en cuestión, identificados como el 825 y el 831, habían sido suspendidos por tres meses a raíz de una medida cautelar presentada por APLA, que es liderada por Pablo Biró. Aunque el gobierno impugnó esta decisión, la Cámara del Trabajo decidió mantener la suspensión, excepto en lo que respecta a la obligación de aviso previo sobre los paros.

Los camaristas Alejandro Perugini y Diana Cañal expresaron en su fallo, emitido la semana pasada y reportado por Infobae, que es necesario mantener la obligación de que los gremios informen sobre la adopción de medidas de acción directa en el sector de la aeronáutica civil. Esta decisión se produjo tras la publicación en el Boletín Oficial, a mediados de septiembre, de los decretos que clasifican el servicio de transporte aéreo como esencial.

Con esta calificación, los sindicatos están obligados a avisar con cinco días de antelación cualquier medida de fuerza, además de garantizar un mínimo del 50% de los servicios durante una huelga para no perjudicar a los pasajeros. Esta medida fue una respuesta del Poder Ejecutivo a un paro de 24 horas llevado a cabo por los sindicatos aeronáuticos, quienes exigían mejoras salariales, así como a las tensiones entre el gobierno de Javier Milei y Biró, quien fue posteriormente removido del directorio de Aerolíneas Argentinas.

APLA argumentó ante la justicia laboral que esta disposición limita el derecho a huelga, que está protegido por la Constitución Nacional, y que cualquier clasificación de un servicio como esencial debería ser realizada mediante una ley. Además, el gremio planteó que, dado que el gobierno tiene mecanismos para intervenir en conflictos laborales a través de procedimientos obligatorios de conciliación, es discriminatorio excluir al transporte aéreo del derecho a huelga. Por ello, solicitaron una medida cautelar para suspender los decretos hasta que se resuelva el cuestionamiento sobre su constitucionalidad.

La decisión de la Cámara del Trabajo marca un hito en el debate sobre los derechos laborales en el sector aeronáutico y las acciones del gobierno frente a los reclamos de los trabajadores.

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