Previo a las resoluciones, se requirió la intervención -además del área de Energía- del Ministerio de Economía, la Sindicatura General de la Nación y la Procuración General, para terminar de suscribir la segunda adenda al acuerdo de renegociación del régimen tarifario de transición con las firmas distribuidoras, el cual rige hasta que se termine de renegociar la Revisión Tarifaria Integral (RTI), cuyo plazo para efectuarlo fue prorrogado por un año en diciembre último.
Los aumentos que se publicaron hoy comenzarán a regir cuando se publique el decreto ratificatorio del Poder Ejecutivo a dicha adenda, tras haberse cumplido las instancias de control respectivas, según indican los considerados, lo cual se presume que será en los próximos días pues las tarifas entran en vigencia para los consumos desde el 1 de mayo.
Según indican las resoluciones, de no haberse declarado la Emergencia Energética y Tarifaria a fines de 2019, los cuadros tarifarios hubieran aumentado un 290% entre abril de 2019 -momento de la última adecuación tarifaria regular- y Resolución 186/2023 que registraron en tal periodo, un porcentaje que se ubica muy por debajo a la inflación registrada del 459%.
Asimismo, se señala que dicho régimen de transición "redujo la incidencia del gasto en energía de los hogares" reduciendo "significativamente" la pobreza energética entre 2019 y 2021, con 3,5 millones de hogares menos en tal situación.
Esto se traduce en que "se recuperó el servicio público para el 89% de los hogares que padecieron la pobreza energética en el ciclo 2016-19", según el Enargas.
Los aumentos previstos en mayo -indicaron- seguirán manteniendo al incremento acumulado de las tarifas desde 2019 por debajo de índices de referencia -que se tomaban en cuenta en la Revisión Tarifiara Integral- de ese mismo periodo como la inflación mayorista y minorista, el índice del Costo de la Construcción y la suba de los haberes jubilatorios.
¿Cómo quedan las tarifas de gas?
También se aclara que las variaciones en los segmentos de ingresos medios y bajos se ubicará por debajo del 40% y 80% respectivamente de la evolución del Coeficiente de Variación Salarial del año anterior, que fue del 90,4%, algo que fue estipulado a la hora de la segmentación de tarifas.
Tomando como referencia a un usuario residencial de Nivel 1 (altos ingresos) de Metrogas de la ciudad de Buenos Aires de la categoría R2 2° (con un consumo promedio de 651 a 800 metros cúbicos por año), el cargo fijo por factura pasará de $452,33 a $970,72, a lo que hay que sumar por cada metro cúbico consumido un cargo variable que pasará de $42,43 a $49,67.
Para un usuario de la misma distribuidora y de la misma categoría, pero de Nivel 3 (ingresos medios) el cargo fijo por factura pasará de $452,33 a $773,04 mientras que el variable subirá de $20,23 a $26,12.
Por último, un usuario del Nivel 2 (ingresos bajos) el cargo fijo por factura pasará de $452,33 a $706,55 mientras que el variable ascenderá de $17,29 a $22,73.
De esta forma, si se toma como referencia un consumo anual de 750 m3 por año, la factura mensual -con 62,5 m3 de consumo por mes como promedio sin tomar en cuenta la estacionalidad en el consumo ni impuestos- será para el Nivel 1 de $4.075, para el Nivel 3 de $2.405,5, y para el Nivel 2, de $2.127,2.
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