El presidente Alberto Fernández firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que prorroga el cierre de fronteras del país hasta el 26 de abril inclusive, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto hasta ese día para mitigar el avance del coronavirus en el país.
Tras la conferencia del presidente Alberto Fernández en la que se confirmó la continuidad de la cuarentena obligatoria, este sábado se materializaron en el Boletín Oficial las restricciones de alcance local, pero sobre todo internacional en la circulación.
Según el DNU 365/2020 se prorroga “hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive” la vigencia del Decreto N° 274/20, prorrogado, a su vez, por el Decreto N°331/20, que establecieron los cierres de frontera.
“La prórroga referida resulta necesaria, razonable y proporcionada con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrenta el país y se enmarca en el conjunto de medidas y acciones que el Estado Nacional ha llevado adelante con el fin de contener la propagación de COVID-19, siendo congruente con las limitaciones que han establecido otros países y que permanecen vigentes a la fecha”, se indica en los considerandos del decreto.
El decreto 274/20 estableció “la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso, con el objeto de reducir las posibilidades de contagio”, por un plazo de quince días, que luego fue prorrogado mediante el decreto 331/20 hasta el 12 de abril de 2020 inclusive, y que ahora se extiende hasta 26 de abril.
En los considerandos también se aclara que “la evolución de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, por lo que deviene imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes”.
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