
La transformación del mundo del trabajo ya está en marcha y parece imparable. En este nuevo escenario, las tecnologías emergentes —como la automatización, las aplicaciones digitales y la inteligencia artificial generativa— están rediseñando el modo en que se organiza el empleo y se desarrollan las relaciones laborales.
En este contexto, el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 representó uno de los primeros pasos en un proceso más amplio de reformas. Luego, la Ley de Bases 27.742E consolidó ese rumbo con nuevas disposiciones, complementadas por medidas recientes como el decreto 847/24 y la Resolución AFIP 5577/24.
El presidente Javier Milei, durante su discurso de apertura del año legislativo, dejó en claro que el sistema actual de legislación laboral no responde a las demandas del presente. Lo calificó como un esquema obsoleto, incapaz de adaptarse a las nuevas dinámicas del trabajo que impone la era digital.
Más allá de las leyes y decretos, los cambios también se reflejan en acuerdos convencionales y en la práctica diaria de las empresas y trabajadores. El avance de la inteligencia artificial, sumado a la evolución constante de herramientas digitales, acelera un proceso que ya no depende exclusivamente del Congreso ni del Ejecutivo: el cambio ya está sucediendo.
Reforma laboral: los cambios más destacados
Entre los ítems más destacados tenemos:
- Ámbito de aplicación del derecho del trabajo, presunciones. Trabajo autónomo y contratos especiales del Código Civil y Comercial excluidos de la legislación laboral.
- La derogación de las multas contravencionales por trabajo no registrado y de otras sanciones económicas contenidas en la Ley de Empleo y en la Ley de Contrato de Trabajo;
- La extensión del período de prueba general y convencional;
- Planes especiales de regularización laboral moratoria y programas especiales de inscripción ;
- La registración del trabajador en la cadena de contratistas (art. 29 LCT);
- El derecho de retención del principal sobre los contratistas renuentes (art.30 LCT);
- La maternidad y los plazos de la licencia;
- El despido con justa causa de la huelga salvaje por bloqueos, ocupación del establecimiento, impedimentos dolosos al derecho a trabajar y daños a la propiedad del empleador o de terceros;
- El despido discriminatorio. Indemnizaciones. No se admite la reinstalación.
- Creación del Fondo de Cese y las múltiples opciones para su implementación;
- Nueva figura de trabajador autónomo con hasta tres (3) colaboradores;
- Bolsa de trabajo del trabajo agrario, su carácter voluntario.
Los eventos más destacados son:
- La reformulación del sistema de propinas (art. 113. LCT) de la gastronomía y del turismo, que ahora no forman parte de la remuneración. Asegura el pago al trabajador de las propinas ingresadas por vía digital.
- La eliminación de la triangulación en las Obras Sociales, para trabajadores dependiente dentro o fuera de convenio en donde se evita la intermediación de las entidades cuando los servicios los brinda una empresa prepaga registrada como operador (Ley 23.660).
- Los convenios colectivos no podrán imponer pagos de las empresas a favor de las cámaras que las agrupan. Por ende, se rechazará la homologación de aportes o contribuciones obligatorios con destino a las cámaras empresarias (Decreto 149/25).
Los cambios de hecho que se dan dentro de las empresas
A su vez, se están produciendo una serie de cambios de hecho y de derecho en las empresas que necesitan modificar las condiciones de trabajo en especial por efecto de las tecnologías exponenciales y por los cambios en los hábitos de los clientes y consumidores.
Entre los más destacados tenemos:
- El empleo de un banco de horas promediando en ciclos predeterminados el promedio de las 8 horas diarias y 48 horas semanales (art. 25 Ley 24.013 y art.198 LCT) dentro de los convenios colectivos (minería, gastronomía, servicios generales, centros de diversiones, centros de compras, y otros);
- El otorgamiento de las vacaciones durante todo el año, dentro de acuerdos convencionales o de acuerdos multilaterales fraccionando los períodos en tramos semanales;
- La jornada con guardias activas y guardias pasivas para jornadas intensivas, o para prestaciones ocasionales (servicios de emergencias, atención de catástrofes, defensa civil, transporte público, y otros);
- El sistema de cobertura de ausentismo a través de trabajadores por equipos ("teem balls");
- El trabajo durante sábados domingos y feriados con mecanismos rotativos en servicios ininterrumpidos, o en prestaciones centradas en días de descanso o feriados;
- Los mecanismos de tercerización por contratos no laborales de agencia, de distribución, de transporte, de servicios, de obras, corretaje, de resultados, y otros;
- La jornada reducida, la quebrada, la alternativa, la jornada intensiva y las versiones mixtas según el tipo de servicio;
- El teletrabajo y sus diversos formatos, en cuanto a gastos compensatorios, beneficios sociales, retribución variable o por producción o productividad, la jornada alternada, y las secuencias por turno;
- El trabajo híbrido combinando presencialidad con home office o trabajo a distancia, riesgos complementarios y sistemas de autogestión;
- Las nuevas opciones tecnológicas de control a distancia de dispositivos, de la robótica y la automación, por terminales especiales y mediante profesionales especializados;
- El empleo de los controles de todas las necesidades operativas con sensores, filmación y fotografía, y desarrollo de nuevas tecnologías de la detección y determinación de todo tipo de hechos o acontecimientos operativos o funcionales por razones preventivas, de control o de seguridad personal o general.
- Generar desde los convenios colectivos todos los instrumentos que cuenten con disponibilidad colectiva (la posibilidad de modificar o ampliar la ley por vía convencional);
- La introducción en los convenios de las herramientas que imponen cambios sectoriales o de arte oficio o profesión relacionados con las tecnologías exponenciales;
- Articular mecanismos de ius variandi (derecho a modificar las condiciones de trabajo) con la dinámica que impone hoy la realidad;
- Exigir al Congreso de la Nación el tratamiento específico de reformas imprescindibles a través de leyes de fondo como es el caso del Proyecto de Reforma Laboral e Incentivo para el empleo de la diputada Romina Diez y otros que se promueve en la Cámara de Diputados;
- Considerar las propuestas de reforma que formula el Poder Ejecutivo que tienden a promover el empleo de calidad registrado, y que generan alternativas y opciones laborales a los grupos sociales vulnerables;
- Asumir que la legislación vigente ha cumplido una etapa en su tiempo y que hoy no está alineada con la competitividad, la productividad, y con la aplicación del nuevo mundo que enfrentan todas las organizaciones, en los albores de la Inteligencia Artificial Generativa.
Educación a cargo de Carlos Torrendell y Trabajo a cargo de Julio Cordero, ambas secretarías del Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello, tienen sobre sus espaldas el gran desafío de los tiempos, que la comunidad demanda y exige, de quienes han asumido que para volver a la senda del crecimiento hay que hacer un esfuerzo mancomunado que incluya a todos los sectores de la sociedad bajo los principios de la libertad, el progreso, y la inclusión general.
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